SAN, 28 de Marzo de 2011

PonenteANGEL RAMON AROZAMENA LASO
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 7ª
ECLIES:AN:2011:1593
Número de Recurso703/2009

SENTENCIA

Madrid, a veintiocho de marzo de dos mil once.

Visto el presente recurso contencioso-administrativo nº 703/2009 interpuesto ante la Sección Séptima de esta Sala de lo

Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, por "PAJARES 3 UTE" , integrada por FERROVIAL AGROMAN, S.A.,

SACYR, S.A. Y CAVOSA OBRAS Y PROYECTOS, S.A, representada por la Procuradora de los Tribunales Dª. Olga Gutiérrez

Álvarez, contra la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central, de fecha 4 de noviembre de 2009 (R.G. 2728/09),

sobre Liquidación de Tasa por Dirección e Inspección de Obras , en el que la Administración ha estado representada y asistida

por el Abogado del Estado; habiendo sido Ponente el Ilmo. Sr. D. ANGEL RAMON AROZAMENA LASO , Magistrado de la Sección.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO : Con fecha de 27 de marzo de 2009, el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) formuló a cargo de "UTE GUADARRAMA 3", Liquidación de Tasa de Dirección e Inspección de Obra núm. 17450/0406/09 (Código de Tasa: 203), por importe de 80.295,96 euros, correspondiente a la certificación de obra núm. 58 de enero de 2009 ("Ejecución del proyecto y obra de plataforma de la línea de Alta Velocidad Provincia de León y Asturias. Línea de Alta Velocidad León-Asturias. Tramo: Túneles de Pajares. Lote 3").

Frente a dicha liquidación interpuso el obligado tributario recurso de reposición, solicitando la anulación de la misma y la formulación de otra liquidación en la que únicamente se tuviera en cuenta como base imponible el presupuesto de ejecución material, excluida la revisión de precios, con devolución de la cantidad de 76.054,58 euros, más los intereses legales de demora devengados desde la fecha de abono de la liquidación impugnada.

El recurso de reposición fue desestimado mediante Acuerdo del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias de fecha 28 de abril de 2009. El obligado tributario interpuso reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico-Administrativo Central que procedió a su desestimación mediante resolución de 4 de noviembre de 2009.

SEGUNDO : La Procuradora de los Tribunales Dª. Olga Gutiérrez Álvarez, actuando en nombre y representación de la "PAJARES 3 UTE", interpuso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional recurso contencioso-administrativo frente a la expresada resolución adoptada por el Tribunal Económico-Administrativo Central.

TERCERO : El recurso contencioso-administrativo así planteado fue admitido a trámite y una vez recibido el expediente administrativo, se dio traslado del mismo a la parte actora para que formalizara la demanda, lo que efectuó mediante escrito en el que, tras la exposición de los hechos y de los correspondientes fundamentos de derecho, terminó suplicando que se dicte sentencia con los siguientes pronunciamientos:

"1. Que se reconozca el derecho de mi representada a obtener la devolución de la cantidad satisfecha indebidamente por el concepto de Tasa por Dirección e Inspección de Obras librada por el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), por importe de 76.054,58 euros, más los correspondientes intereses de demora. 2. La nulidad, anulación o revoque la liquidación impugnada, practicando otra en su lugar en la que únicamente se tenga en cuenta como base imponible de la Tasa por Dirección e Inspección de Obras el presupuesto de ejecución material, una vez excluida la...

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