SAN, 4 de Mayo de 2011

PonenteANGEL NOVOA FERNANDEZ
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 5ª
ECLIES:AN:2011:2310
Número de Recurso40/2011

SENTENCIA

Madrid, a cuatro de mayo de dos mil once.

Visto por la Sala constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen el Recurso contencioso administrativo interpuesto

por DON Imanol , en su propio nombre y derecho, contra la desestimación presunta del recurso de alzada

interpuesto contra la resolución 564/09206 /08 por la que se publica la relación nominal del personal que asciende por elección al

empleo de Cabo Mayor; habiendo sido parte, además, la Administración General del Estado, representada y defendida por su

Abogacía.

Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. ANGEL NOVOA FERNANDEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Presentado el recurso inicialmente ante el Tribunal Superior de Justicia de la Rioja, se confirió traslado a la representación de la parte actora para que formalizara escrito de demanda, lo que hizo formulando las alegaciones de hecho y de derecho que estimó oportunas, concluyendo con la súplica de una sentencia estimatoria del recurso.

SEGUNDO

Dándose traslado de la demanda al Abogado del Estado para su contestación, lo hizo, alegando en derecho lo que estimó conveniente, solicitando la confirmación en todos los extremos del acuerdo recurrido.

TERCERO

Habiéndose solicitado el recibimiento a prueba, se acordó no haber lugar a dicho recibimiento. Contra la anterior resolución no se dedujo recurso alguno.

CUARTO

Planteada cuestión de competencia por la Abogacía del Estado, en el trámite de conclusiones, las partes presentaron el correspondiente escrito en el que cada una de ellas se ratificó en sus respectivos pedimentos y, previos los trámites oportunos, una vez en esta Sala, se declararon conclusas las presentes actuaciones, señalándose para la votación y fallo la audiencia del día 3 de mayo de 2011, en que tuvo lugar, quedando el recurso visto para sentencia.

VISTOS los preceptos que se citan por las partes y los de general aplicación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna mediante el presente recurso contencioso administrativo la desestimación presunta del recurso de alzada interpuesto contra la resolución 564/09206 /08 por la que se publica la relación nominal del personal que asciende por elección al empleo de Cabos Primeros de Carácter Permanente, seleccionados para realizar el Curso de Capacitación parta el desempeño de los cometidos Cabo Mayor, una vez aprobada con carácter definitivo por el General del Ejército Jefe del Estado Mayor del Ejército de Tierra.

SEGUNDO

Del expediente administrativo se deducen los siguientes antecedentes:

  1. - Por Resolución 564/00103/08 de fecha 21 de diciembre de 2008, (BOD. nº 2 de 3 de enero) se interesa la remisión de la documentación necesaria para la evaluación de los Cabos Primeros que se relacionan en la misma resolución, para el ascenso al empleo de Cabo Mayor

  2. - Por Resolución 564/01328/08 de fecha 24 de enero de 2008 (BOD nº 21, de 30 de enero), se designa la Junta de Evaluación de carácter eventual 07/08-09 para el ascenso y selección de concurrentes para el Curso de capacitación de Cabo Mayor.

  3. - Con fecha 26 de mayo de 2008, la Junta Eventual de Evaluación, da por finalizada la evaluación, levantándose Acta nº 4 con los resultados definitivos de la misma, figurando el interesado en el puesto número 8.

  4. - Por resolución 564/09206/08, de 4 de junio, se publica la relación de los Cabos Primeros seleccionados para realizar el Curso de Capacitación para el desempeño de los cometidos de Cabo Mayor, una vez aprobada definitivamente por el General del Ejército Jefe del Estado Mayor del Ejército de Tierra por resolución de 14 de abril de 2008.

TERCERO

La actora, en su escrito de demanda, a pesar de reconocer que se ha producido resolución expresa de desestimación del recurso de alzada, no amplía su recurso a esta resolución, y solicita la estimación del recurso con anulación del acto recurrido, por lo que el objeto del recurso contencioso administrativo queda constreñido a la...

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