SAN, 25 de Mayo de 2011

PonenteJOSE LUIS GIL IBAÑEZ
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 5ª
ECLIES:AN:2011:2763
Número de Recurso1725/2009

SENTENCIA

Madrid, a veinticinco de mayo de dos mil once.

VISTO por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional el recurso contencioso-

administrativo número 1.725/2009, promovido por D. Eusebio , en su propio nombre, contra la Resolución de 15

de junio de 2009, del General Director de Personal, dictada por delegación del General de Ejército Jefe del Estado Mayor del

Ejército de Tierra, que desestimó el recurso de alzada formulado contra la Resolución de 16 de marzo de 2009, del Teniente

General Jefe del Mando de Personal del Ejército de Tierra, que desestimó la solicitud de asignación de empleo y antigüedad

formulada al amparo de la disposición adicional décima de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre , de la carrera militar, habiendo

sido parte en autos la Administración demandada, representada por el Abogado del Estado; cuantía indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El hoy demandante pasó a retiro en virtud de la Orden 431/17791/91, de 4 de noviembre de 1991, ostentando entonces el empleo de Subteniente.

Mediante escrito presentado el 14 de enero de 2009 solicitó la "asignación de empleo y antigüedad para oficiales en retiro" al amparo de "los puntos 4 y 5 de la disposición adicional décima de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre , de la carrera militar" , lo que fue desestimado por Resolución de 16 de marzo de 2009, del Teniente General Jefe del Mando de Personal del Ejército de Tierra.

Deducido recurso de alzada, fue igualmente desestimado por Resolución de 15 de junio de 2009, del General Director de Personal, dictada por delegación del General de Ejército Jefe del Estado Mayor del Ejército de Tierra.

SEGUNDO

Interpuesto recurso contencioso-administrativo y turnado a esta Sección, fue admitido a trámite, reclamándose el expediente, para, una vez recibido, emplazar a la parte actora a fin de que formalizara la demanda, lo que cumplimentó en un escrito en el que, tras exponer los hechos y los fundamentos de derecho que consideró oportunos, terminó suplicando se dicte "sentencia por la que se reconozca a Don Eusebio , por reunir las condiciones legales para ello, que le es de aplicación la disposición adicional décima de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre , de la carrera militar, y se le asigne empleo y antigüedad de acuerdo lo recogido en dicha norma" .

Dado traslado al Abogado del Estado para que contestara la demanda, así lo hizo en un escrito en el que, tras consignar los hechos y los fundamentos de derecho que estimó convenientes, terminó suplicando se "dicte sentencia por la que se desestime el recurso confirmando el acto administrativo, con expresa condena en costas al actor por su manifiesta temeridad al interponer este recurso" .

No habiéndose recibido el recurso a prueba, se concedió a las partes, sucesivamente, el plazo de diez días para que presentaran escrito de conclusiones, lo que efectuaron ratificándose en sus respectivas pretensiones.

Concluso el procedimiento, se señaló para votación y fallo el día 24 de mayo de 2011, en que así ha tenido lugar.

VISTOS los artículos legales citados por las partes y demás de general y pertinente aplicación, siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. JOSE LUIS GIL IBAÑEZ, Presidente de la Sección.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La disposición adicional décima de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre , de la carrera militar, recoge unas reglas relativas a la "reordenación de los escalafones de las Escalas auxiliares y del Cuerpo auxiliar de especialistas del Ejército de Tierra" , limitando su ámbito de aplicación, en el apartado 1, a "los oficiales de las Escalas auxiliares de infantería, caballería, artillería, ingenieros, intendencia, sanidad, farmacia y veterinaria y del Cuerpo auxiliar de especialistas del Ejército de Tierra que se encontraban en servicio activo en cualquier empleo el día 21 de abril de 1974, fecha de entrada en vigor de la Ley...

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