SAN, 15 de Junio de 2011

PonenteANA ISABEL MARTIN VALERO
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 4ª
ECLIES:AN:2011:3185
Número de Recurso55/2011

SENTENCIA EN APELACION

Madrid, a quince de junio de dos mil once.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ( Sección Cuarta ) ha pronunciado la siguiente Sentencia en el

recurso de apelación número 55/2011 , interpuesto por la Procuradora Dª Beatriz Martínez Martínez, en representación de D.

Simón , contra la Sentencia de fecha 14 de diciembre de 2010, dictada por el Juzgado

Central de lo Contencioso-administrativo nº 2 en el procedimiento abreviado nº 63/2010, siendo parte apelada el Ministerio de

Trabajo e Inmigración, representado y asistido del Abogado del Estado.

Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Dª ANA MARTIN VALERO, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El recurrente expresado mediante escrito presentado en fecha 14 de enero de 2011 interpuso recurso de apelación contra la sentencia dictada por el Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo nº 2 en fecha 14 de diciembre de 2010 .

SEGUNDO

Admitido a trámite el recurso se dio traslado del mismo al Abogado del Estado para que pudiera formalizar la oposición, trámite que evacuó mediante escrito presentado en fecha 3 de febrero de 2011.

TERCERO

Continuado el proceso por los trámites que aparecen en autos, y elevando las actuaciones a esta Sala, se señaló para la votación y fallo el día 8 de junio de 2011, fecha en que tuvo lugar.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

D. Simón interpone el presente recurso de apelación contra la sentencia dictada en fecha 14 de diciembre de 2010 , por el Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo nº 2, por la que se desestimaba el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el mismo contra la resolución de 26 de enero de 2010, dictada por el Subsecretario de Trabajo e Inmigración, por la que se declara inadmisible el recurso extraordinario de revisión que interpuso en fecha 10 de septiembre de 2009, contra una resolución de modificación de su puesto de trabajo notificada el 22 de abril de 2008.

La resolución del presente recurso exige poner de manifiesto los siguientes antecedentes que resultan del expediente administrativo y son aceptados por las partes:

  1. - El recurrente, D. Simón , fue nombrado funcionario de carrera por resolución de 12 de diciembre de 2001de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, en la "Escala de operadores de ordenador de informática de la Administración de la Seguridad Social", quedando adscrito desde su nombramiento al puesto de trabajo 1154518 "operador especialista", en la Administración de Motril (Granada), desarrollando funciones informáticas bajo la dependencia directa del ATN2, Coordinador Provincial de Informática de la Tesorería General de la Seguridad Social en Granada.

  2. - Mediante Acuerdo de 17 de diciembre de 2007 entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y las centrales sindicales representadas en la Mesa de Negociación de la Administración de la Seguridad Social se alcanzan determinados acuerdos, entre los que encuentran las modificación de las Relaciones de Puestos de Trabajo de la Red Local de la Administración de la Seguridad Social.

  3. - Como consecuencia de este Acuerdo, la resolución de la CECIR de 28 de enero de 2008 modificó las relaciones de puestos de trabajo de la Administración de la Seguridad Social, y entre ellas, de la Administración de la Seguridad Social nº 1 de Motril (nº 3 de Granada), en la que, entre otras modificaciones, se elimina el puesto de "operador de ordenador", creando en su lugar el puesto de Gestor Informador.

  4. - Por resolución de 28 de febrero de 2008 se modifica el puesto de trabajo del recurrente, cambiando su denominación de "operador especialista" a "gestor informador", pasando de un nivel 16 a un nivel 17 con aumento del complemento específico.

  5. - Por resolución de la CECIR de 22 de octubre de 2008 se acuerda la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo del personal funcionario de la Gerencia de Informática de la Seguridad Social, consistente en la creación de la red periférica compuesta por 55 Unidades Provinciales de Informática (1 en cada provincia, salvo Madrid, Barcelona y Valencia que tendrán dos), que supone la creación de 748 puestos de trabajo y la modificación y redistribución de 115 puestos procedentes de Dirección Provinciales de las distintas Entidades Gestoras y Servicios Comunes, cuyos ocupantes realizan tareas informáticas.

  6. - El 16 de abril de 2009 se dicta Acuerdo, por el cual el recurrente pasaría a ocupar, en comisión de servicios, un puesto de "Técnico Auxiliar de Informática" en la localidad de Granada, con nivel 16 y complemento específico superior al que venía percibiendo.

  7. - El Sr. Simón rechaza dicha comisión de servicios, y en consecuencia, se cursa la orden de ponerse a disposición del Director de la Administración de Motril para que, cesando en sus actuales funciones informáticas, se le asignen nuevas tareas propias de la gestión de esa Administración.

  8. - El 17 de septiembre de 2009 interpone recurso extraordinario de revisión contra la resolución de modificación de su puesto de trabajo de fecha 28 de febrero de 2008, el cual es declarado inadmisible mediante resolución de fecha 26 de enero de 2010.

SEGUNDO

Interpuesto recurso contencioso administrativo contra la anterior resolución, el mismo es desestimado por la Sentencia ahora impugnada, argumentando que esa resolución de modificación de puesto de trabajo que le fue notificada al demandante el 22 de abril de 2008, no aparece acreditada como resultado de un error de hecho, la nueva denominación del puesto de trabajo de operador especialista a gestor informador, no le fue impuesta sino...

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