SAN, 15 de Junio de 2011

PonenteJAVIER EUGENIO LOPEZ CANDELA
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 4ª
ECLIES:AN:2011:3339
Número de Recurso219/2009

SENTENCIA

Madrid, a quince de junio de dos mil once.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ( Sección Cuarta ) ha pronunciado la siguiente Sentencia en el

recurso contencioso-administrativo número 219/2009 interpuesto por Blanca , representado por el

Procurador Sr. Trujillo Castellano y asistido por el letrado Sr.Langa Guillén, contra el Tribunal Económico-Administrativo Central

representado y asistido por la Abogacía del Estado, sobre residencia fiscal de sujeto pasivo del IRPF.

Ha sido Ponente el Ilmo. Señor Don JAVIER EUGENIO LOPEZ CANDELA quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la representación de la parte actora en escrito presentado en el Registro de esta Sala en fecha 24 de julio de 2009, interpuso el presente recurso contra la resolución de fecha 10 de junio de 2.009 que desestima la reclamación económico administrativa interpuesta por el actor contra la Resolución de 4 de julio de 2008 del Secretario de Estado de Turismo y Presidente de Turespaña.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto en la Ley reguladora de esta jurisdicción, habiendo despachado la parte actora y demandada el trámite conferido en la demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos, en virtud de los hechos y fundamentos de Derecho que constan en ellos suplicaron respectivamente la estimación de la demanda con la consiguiente anulación de la resolución impugnada y consiguiente declaración de que el recurrente es residente fiscal en España al tiempo de su contratación, practicándose las retenciones que corresponden como contribuyente del IRPF por la parte actora, y respecto de la Administración demandada su desestimación, por entender que dicha resolución es conforme a Derecho.

TERCERO

Recibido el proceso a prueba por auto de fecha 3 de febrero de 2010, y practicada la misma, continuado el proceso por sus trámites con el resultado que aparece en autos y evacuado por las partes, por escrito y por su orden, el trámite de conclusiones sobre pretensiones y fundamentos de demanda y contestación, se señaló día y hora para la votación y fallo, diligencia que tuvo lugar en fecha de 8 de junio de 2011.

CUARTO

En la sustanciación del presente pleito se han observado las prescripciones legales, siendo la cuantía del mismo de indeterminada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el presente recurso contencioso-administrativo se impugna la resolución de fecha 10 de junio de 2.009 que desestima la reclamación económico administrativa interpuesta por el actor contra la Resolución de 4 de julio de 2008 del Secretario de Estado de Turismo y Presidente de Turespaña, por la que desestima la solicitud formulada por el recurrente en fecha 6 de febrero de 2.008 por la que se interesaba la aplicación del régimen del IRPF previsto en la legislación fiscal española, al entender que la actora tenía residencia...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • STS, 3 de Octubre de 2013
    • España
    • 3 Octubre 2013
    ...de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el recurso contencioso-administrativo núm. 219/2009 Ha comparecido como parte recurrida La ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, representada y defendida por el Abogado del Estado. ANTECEDENTES DE HEC......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR