SAN, 20 de Julio de 2011
Ponente | FERNANDO FRANCISCO BENITO MORENO |
Emisor | Audiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 5ª |
ECLI | ES:AN:2011:3726 |
Número de Recurso | 1094/2009 |
SENTENCIA
Madrid, a veinte de julio de dos mil once.
Visto por la Sala constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen el Recurso contencioso administrativo interpuesto
por DON Leonardo , en su propio nombre y derecho en su condición de Funcionario
Público, contra la resolución del Director General de la Policía y de la Guardia Civil, de fecha 26 de marzo de 2009; habiendo
sido parte, además, la Administración General del Estado, representada y defendida por su Abogacía.
Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado DON FERNANDO F. BENITO MORENO.
Presentado el recurso y previos los trámites oportunos, se confirió traslado a la representación de la parte actora para que formalizara escrito de demanda, lo que hizo formulando las alegaciones de hecho y de derecho que estimó oportunas, concluyendo con la súplica de una sentencia estimatoria del recurso.
Dándose traslado de la demanda al Abogado del Estado para su contestación, lo hizo, alegando en derecho lo que estimó conveniente, solicitando la confirmación en todos los extremos del acuerdo recurrido.
Habiéndose solicitado el recibimiento a prueba, se acordó no dar lugar a dicho recibimiento. Contra la resolución anterior no se interpuso recurso alguno.
En el trámite de conclusiones, las partes presentaron el correspondiente escrito en el que cada una de ellas se ratificó en sus respectivos pedimentos.
Se declararon conclusas las presentes actuaciones, señalándose para la votación y fallo la audiencia del día 19 de julio de 2011, en que tuvo lugar, quedando el recurso visto para sentencia.
VISTOS los preceptos que se citan por las partes y los de general aplicación.
Se impugna mediante el presente recurso contencioso administrativo la resolución del Director General de la Policía y de la Guardia Civil, de fecha 26 de marzo de 2009, que acuerda que no procede emitir una nueva resolución sobre la solicitud de ascenso al empleo de Teniente, en aplicación de la disposición transitoria séptima de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre , de la carrera militar.
El demandante, considerando que efectuó una nueva pretensión, debido a un cambio legislativo operado en la disposición transitoria séptima de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre , de la carrera militar, funda su pretensión en dicha disposición transitoria, así como en que reúne los requisitos...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba