SAN, 18 de Julio de 2011

PonenteERNESTO MANGAS GONZALEZ
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 7ª
ECLIES:AN:2011:3626
Número de Recurso150/2010

SENTENCIA

Madrid, a dieciocho de julio de dos mil once.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional [ Sección Séptima ] ha pronunciado la siguiente Sentencia en

el recurso contencioso-administrativo núm. 150/2010, interpuesto por «NECSO ENTRECANALES CUBIERTAS, S. A. y

SOCIEDAD ANONIMA DE OBRAS Y SERVICIOS, COPASA, UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESAS LEY 18/1982 »,

abreviadamente «RODA DE BARA UTE», representada por el Procurador de los Tribunales D. Luis Pozas Osset, contra la

Resolución adoptada con fecha de 16 de diciembre de 2009 por el Tribunal Económico-Administrativo Central [Sala Tercera,

Vocalía Novena; Reclamación Económico-Administrativa núm. R. G. 4146-09], sobre Liquidación de Tasa 203 , por Dirección e

Inspección de Obras; habiendo sido parte demandada la ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, representada y asistida

por la Abogacía del Estado. Cuantía: 28.191,37 Euros.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha de 28 de mayo de 2009, el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias [ADIF] formuló a cargo de «RODA DE BARA UTE» [C. I. F. nº G-84168335] Liquidación de Tasa 203, de Dirección e Inspección de Obra. núm. 17450/0692/09, por importe de 28.191,37 Euros, correspondiente a la certificación final, del mes de marzo de 2009, de la obra denominada «Línea de Alta Velocidad Madrid-Zaragoza-Barcelona-Frontera Francesa. Cambiador de Ancho en Roda de Bará. Provincia de Tarragona»

Frente a dicha liquidación interpuso el obligado tributario recurso de reposición , solicitando la anulación de la misma y su sustitución por otra en la que no se toase en consideración el importe de la "revisión de precios". Desestimado el recurso de reposición mediante resolución del Centro Gestor de 03 de julio de 2009, frente a la misma interpuso el obligado tributario reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico-Administrativo Central [R. G. 4146-09], que procedió a su desestimación mediante resolución de 16 de diciembre de 2009.

SEGUNDO

Con fecha de 12 de marzo de 2010, el Procurador de los Tribunales D. Luis Pozas Osset, actuando en nombre y representación de «RODA DE BARA UTE», interpuso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional recurso contencioso-administrativo frente a la expresada Resolución adoptada con fecha de 16 de diciembre de 2009 por el Tribunal Económico-Administrativo Central [Reclamación Económico-Administrativa núm. R. G. 4146-09].

TERCERO

El recurso contencioso-administrativo así planteado fue admitido a trámite por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional [Sección 7ª] mediante providencia de 17 de marzo de 2010 [recurso contencioso- administrativo núm. 150/2010]. Una vez recibido el expediente administrativo, se dio traslado del mismo a la parte actora para que formalizara la demanda, lo que efectuó mediante escrito presentado con fecha de 28 de mayo de 2010 en el que, tras la exposición de los hechos y de los correspondientes fundamentos de derecho, terminó suplicando que se dicte sentencia por la que se proceda a la anulación de la liquidación originariamente impugnada, por incluir en la base imponible el importe correspondiente a la revisión de precios, y que, en consecuencia, se proceda a la práctica de una nueva liquidación excluyendo de la base imponible dicho concepto, así como a la devolución de lo abonado en tal concepto más los intereses legales devengados desde su ingreso.

CUARTO

A continuación se dio traslado a la Abogacía del Estado para la contestación a la demanda, lo que realizó mediante escrito presentado con fecha de 08 de junio de 2010, en el cual expuso los hechos y sus correspondientes fundamentos de derecho, suplicando que se dicte sentencia desestimando el recurso, por considerar que la resolución impugnada es ajustada a derecho, con imposición de costas a la parte recurrente.

QUINTO

Mediante providencia de 09 de junio de 2010 se fijó la cuantía del proceso [28.191,37 Euros] y se dispuso que las actuaciones quedaran pendientes de decisión sobre la conclusión de las mismas, sobre la práctica de diligencias adicionales de prueba o sobre el señalamiento para votación y fallo. Y mediante providencia de 13 de mayo de 2011 se señaló para que tuviera lugar la votación y fallo el día 14 de julio de 2011, fecha en la que tuvo lugar, quedando el recurso visto para sentencia, de la que ha sido Ponente el Magistrado D. ERNESTO MANGAS GONZALEZ, quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Objeto del recurso contencioso-administrativo.

Es objeto de impugnación [art. 25, Ley 29/1998, de 13 de julio] la Resolución adoptada con fecha de 16 de diciembre de 2009 por el Tribunal Económico-Administrativo Central, desestimatoria de la Reclamación Económico-Administrativa núm. R. G. 4146- 09, interpuesta por «RODA DE BARÁ UTE» frente a la Liquidación de Tasa de Dirección e Inspección de Obra. núm. 17450/0692/09, emitida por el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) en relación con la certificación final, del mes de marzo de 2009, de la obra reseñada en el Antecedente de Hecho Primero de esta sentencia.

La expresada liquidación asciende a...

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