SAN, 28 de Septiembre de 2011

PonenteJOSE MARIA GIL SAEZ
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 5ª
ECLIES:AN:2011:4287
Número de Recurso1232/2009

SENTENCIA

Madrid, a veintiocho de septiembre de dos mil once.

Visto por la Sala constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen el recurso contencioso administrativo núm. 1232/2009, interpuesto por la Procuradora de los Tribunales Doña María Dolores Álvarez Martín, en nombre y representación de Don Romulo , contra la Resolución de la Subsecretaria de Defensa, de fecha 23 de febrero de 2009, que desestima el recurso de alzada interpuesto por el recurrente contra la Resolución del Jefe del Estado Mayor del Ejército del Aire, de fecha 30 de junio de 2008, por la que se le declara no apto para el ascenso, por primera vez; habiendo sido parte, además, la Administración General del Estado, representada y defendida por su Abogacía; cuantía indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El hoy demandante Teniente del Cuerpo General del Ejército del Aire, Escala de Oficiales, fue evaluado para el ascenso a empleo superior en el ciclo 2008/2009, la Junta de Evaluación de carácter eventual de la Escala de Oficiales del Cuerpo General del Ejército del Aire, después de valorar los IPEC,s del recurrente formuló propuesta, por la que: "... de conformidad con lo prevenido en el numero noveno, punto 2 de la Orden Ministerial 84/2002, de 8 de mayo, y teniendo en cuenta las funciones y responsabilidades a asumir en el empleo de Capitán, la Junta propone, por unanimidad, que el Teniente Don Romulo , sea declarado no apto para el ascenso, por primera vez".

Por Resolución del General de Ejército JEMA, de fecha 30 de junio de 2008, el recurrente es declarado no apto para el ascenso, por primera vez.

Formulado recurso de alzada contra la precitada resolución, por Resolución de la Subsecretaria de Defensa, de fecha 23 de febrero de 2009, se desestima el mismo.

Disconforme con estas resoluciones acude a la vía jurisdiccional.

SEGUNDO

Interpuesto recurso contencioso-administrativo y turnado a esta Sección, fue admitido a trámite, reclamándose el expediente, para, una vez recibido, emplazar a la parte actora a fin de que formalizara la demanda, lo que cumplimentó en un escrito en el que, tras exponer los hechos y los fundamentos de derecho que consideró oportunos, terminó suplicando una sentencia por la que " ... declare la nulidad de pleno derecho de las resoluciones recurridas y declare igualmente que el ahora demandante es apto para el ascenso a Capitán de su escala, cuerpo y ejercito; y, en consecuencia, se le ascienda a este empleo con antigüedad, tiempo de servicio y efectos económicos que le correspondan de acuerdo con su puesto en el escalafón, por considerarlo así ajustado a Derecho".

Dado traslado al Abogado del Estado para que contestara la demanda, así lo hizo en un escrito en el que, tras consignar los hechos y los fundamentos de derecho que estimó convenientes, terminó suplicando una sentencia "por la que se desestime el recurso y confirmando el acto administrativo, con expresa condena en costas a la parte actora" .

Recibido el proceso a prueba y practicada, la que propuesta, fue admitida, con el resultado que obra en autos, quedaron los autos conclusos, pendientes de señalamiento lo que se efectuó para votación y fallo el día 27 de septiembre del presente año, en que así tuvo lugar.

VISTOS los artículos legales citados por las partes y demás de general y pertinente aplicación, siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. JOSE MARIA GIL SAEZ, Magistrado de la Sección.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurso contencioso-administrativo se interpone contra la Resolución de la Subsecretaria de Defensa, de fecha 23 de febrero de 2009, que desestima el recurso de alzada...

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