SAN, 30 de Noviembre de 2007

PonenteJOSE ARTURO FERNANDEZ GARCIA
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 8ª
ECLIES:AN:2007:5840
Número de Recurso222/2006

SENTENCIA

Madrid, a treinta de noviembre de dos mil siete.

La Sala constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen ha visto el recurso acumulado

contencioso-administrativo número 222/06 interpuesto por el Procurador de los Tribunales don

Antonio Ramón Rueda López, en nombre y representación de TALLER DE ARQUITECTURA Y

REHABILITACIÓN SL (anteriormente FERNANDEZ DEL CASTILLO ARQUITECTOS EC SL), contra

la desestimación presunta de las solicitudes presentadas por la recurrente ante la Dirección

General de Arquitectura del Ministerio de la Vivienda los días 22 de junio y 12 de diciembre de 2005

y 13 de marzo de 2006 respecto al pago de honorarios profesionales e intereses legales referido al

contrato suscrito por ambas partes de asistencia técnica para la redacción del proyecto básico y de

ejecución y del estudio de seguridad y salud para la rehabilitación del Mercado Central de Valencia

(expdte. Nº 08.46.00.001.5). Ha sido parte demandada en las presentes actuaciones la

Administración General del Estado, representada por la Abogacía del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido el presente recurso presentado el 22 de marzo de 2006 y una vez recibido el expediente, se confirió traslado a la parte actora para que formalizase la demanda, la cual lo hizo con fecha 7 de julio de 2006, solicitando, tras una exposición de hechos y fundamentos de derecho, suplica:

  1. - Se amplíe el presente recurso contencioso-administrativo, de conformidad con el artículo 36 de la LJCA, a la inactividad de la Administración por falta de respuesta al escrito de 13 de marzo de 2006 que acompaña como Documento num. 2 de ese escrito de demanda, con renuncia de esa parte al expediente administrativo (por coincidir íntegramente con el obrante en autos).

  2. - Tenga por presentada demanda, tanto respecto de las inactividades (o silencios) inicialmente impugnados, como respecto a la inactividad derivada de la falta de respuesta a la reclamación de 13 de marzo de 2006, en este último caso conforme al artículo 45.4 de la LJCA.

  3. - Estime la presente demanda y acuerde la satisfacción de la cantidad de 165.760, 21 € en concepto de incremento de honorarios en el contrato de autos, así como los intereses legales de dicha suma desde el 27 de febrero 2003, incrementado en 1,5 puntos.

  4. - Subsidiariamente, y en cuanto a los intereses, compute estos transcurridos dos meses desde la fecha de recepción del contrato, esto es, desde el día 14 de junio de 2004, incrementándolos también en 1,5 puntos.

  5. - Subsidiariamente, y en cuanto a los intereses, compute estos desde la reclamación en vía administrativa, pero aplicando los intereses moratorios del artículo 99.4 del TRLCAP, más los gastos de reclamación consistentes en honorarios de abogado y procurador.

SEGUNDO

El Abogado del Estado contestó a la demanda mediante escrito presentado el 16-11- 2006 en el que, tras formular las alegaciones que estimó procedentes, solicitó se dictara sentencia por la que, en primer lugar, se solicitó la inadmisibilidad del recurso por incompetencia de esta Sala, por deducirse frente aun acto no susceptible de impugnación por no agotarse la vía administrativa y por deducirse frente a un acto no susceptible de impugnación ser firme y consentido; subsidiariamente se desestime el recurso.

TERCERO

Por esta Sala no se recibió el juicio a prueba. Seguidamente se abrió el trámite de conclusiones por escrito, que fue sustanciado por ambas partes.

CUARTO

Finalmente, quedaron las actuaciones conclusas, fijándose como fecha para la deliberación, votación y fallo el día 27 de noviembre de 2007, fecha en que tuvo lugar.

Ha sido PONENTE el Ilmo. Magistrado D. José Arturo Fernández García

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Para resolver adecuadamente el presente recurso contencioso- administrativo es necesario dejar constancia de los siguientes hechos acreditados con la documentación obrante en autos:

  1. - Con fecha 2 de julio de 2001 (fs. 53 a 68 del expediente) por el Director General de la Vivienda, la Arquitectura y el Urbanismo del Ministerio de Fomento, actuando por delegación de la Secretaría de Estado de Infraestructuras (Resolución de 28 de julio de 2000 de la Secretaría de Estado de Infraestructuras, sobre delegación de atribuciones en los Directores Generales de la Vivienda, la Arquitectura el Urbanismo y de Programación Económica) se adjudica definitivamente a la entidad mercantil "FERNANDEZ DEL CASTILLO ARQUITECTOS EC SL", actualmente la hoy recurrente "TALLER DE ARQUITECTURA Y REHABILITACIÓN SL", la "Redacción de Proyecto Básico y de Ejecución y del Estudio de Seguridad y Salud para la Rehabilitación del Mercado Central de Valencia", por importe de 54.100.000 ptas (325.147, 54 €), que suponía un porcentaje de baja respecto al precio de licitación de 72.213,689 ptas (434.013,01 €) fijado en la cláusula segunda del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que regían esa licitación del 25,08 % y porcentaje medio de baja de 15,4236 %, de acuerdo con la proposición que en tal sentido realizó el contratista y la propuesta de la mesa de contratación.

  2. - Con fecha 6 de julio de 2001 se suscribió por el indicado Director General de la Vivienda y el Urbanismo del Ministerio de Fomento y la empresa recurrente en este proceso el contrato administrativo de asistencia técnica de la "Redacción de Proyecto Básico y de Ejecución y del Estudio de Seguridad y Salud para la Rehabilitación del Mercado Central de Valencia", siendo el precio del contrato de 54.100.000 ptas (325.147, 54 €), que será abonado por la Administración contra "Cuentas en firme"; rigiéndose el contrato por el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y por el de Cláusulas administrativas aprobadas para dicha asistencia técnica así como por las disposiciones generales aplicables (fs. 67 y 68 ).

  3. - Con fecha 12 de mayo de 2003 se aprueba por la Administración el citado proyecto redactado por el contratista, y el 14 de abril de 2004 se suscribe por la Administración contratante (todavía Ministerio de Fomento) y el contratista el acta de recepción de dicho Proyecto Básico y de Ejecución y Estudio de Seguridad y Salud para la rehabilitación del Mercado Central de Valencia (fs, 97 y 98), una vez se abonaron al mismo las correspondientes liquidaciones de honorarios (fs 70 a 96 ).

  4. - Mediante escrito de a 22 de junio de 2005 la actora reclama a la Dirección general de Arquitectura del actual Ministerio de la Vivienda mayores honorarios por la ejecución del citado contrato, pues a su entender a dicho proyecto que se comprometió a realizar en virtud de la referida relación contractual se le hubo de efectuar modificaciones a instancias de otras Administraciones que han derivado en la modificación del presupuesto material inicial de 6.412.799 € a 9.682.528,57 €, lo que supone un aumento del 50,98%. Por ello, solicitaba la reclamación por ese concepto de mayores honorarios de 64.704,365 €, así como intereses legales al tipo del 1,5% desde el 27 de febrero de 2003, en que quedó aprobado el presupuesto definitivo de las obras (fs. 134 a 144).

  5. - Con fecha 13 de julio de 2005 se produce un informe de la Jefe del Servicio de Programas Especiales de la Dirección General de Arquitectura y Política de la Vivienda del Mº de la Vivienda, con el conforme de la Subdirectora General, en el que se indica que no se ve inconveniente alguno en proponer la aprobación del aumento de honorarios de 64.704,36 € (IVA Incluido), por considerarlo ventajoso para la Administración, independientemente de, si procede, se abonen los intereses legales solicitados por el adjudicatario (fs. 145 a 146).

  6. - Según documento 2.2 aportado con el recurso, y no impugnado por la contraparte, con fecha 12 de diciembre de 2005 la recurrente remite otro escrito a dicha Dirección General de Arquitectura y Política de la Vivienda reclamando aumentar esos honorarios derivados del indicado contrato suscrito con la Administración demandada, como complemento del escrito presentado el 13 de julio de 2005 (que se entiende estimado por silencio administrativo), a fin de completar el total incremento experimentado en el precio del contrato, que es de un 50,98%, haciendo un parcial más a sumar a la cantidad reclamada en el anterior escrito de 101.055,85 €, así como los intereses legales devengados por dicha cantidad al tipo del 1,5 % desde el 27 de febrero de 2003, fecha en que quedó aprobado el presupuesto definitivo de obras.

  7. - A tenor del documento num. 2 aportado con la demanda, y no impugnado expresamente por la contraparte, con fecha de presentación de 13 de marzo de 2006 la reiterada parte recurrente remite escrito ante la referida Dirección General de Arquitectura y Política de la vivienda por el que efectúa, a los efectos previstos en el art. 29.1 LJCA, requerimiento de pago de las dos cantidades reclamadas en los anteriores escritos (por un total de 165.760,21 €), más los interese legales devengados por el retraso en el pago, y subsidiariamente se tuviese por interpuesto recurso de alzada contra la desestimación presunta de esas dos solicitudes de 22...

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