SAN, 7 de Mayo de 2008

PonenteJOSE LUIS GIL IBAÑEZ
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 5ª
ECLIES:AN:2008:1219
Número de Recurso36/2007

SENTENCIA

Madrid, a siete de mayo de dos mil ocho.

VISTO por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional el recurso contencioso-

administrativo número 36/2007, promovido por D. Mariano, representado por la Procuradora D.ª Ana

de la Corte Macías y dirigido por el Letrado D. Juan Carlos Fernández Vales, contra la Resolución de 23 de octubre de 2006, del

Ministro de Interior, que impone al interesado la sanción de separación del servicio, habiendo sido parte en autos la

Administración demandada, representada por el Abogado del Estado; cuantía indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El hoy demandante, funcionario del Cuerpo Nacional de Policía, fue condenado por Sentencia de 29 de marzo de 2004, de la Sección Decimoquinta de la Audiencia Provincial de Madrid, como autor de un delito intentado de robo con fuerza en las cosas, con la agravante de prevalimiento de carácter público, a la pena de diez meses de prisión e inhabilitación especial para cargo público durante el tiempo de la condena.

Como consecuencia de la condena penal, por Resolución de 11 de junio de 2004, del Secretario de Estado de Seguridad, se acordó la pérdida de la condición de funcionario, teniendo efectos la baja en el Cuerpo Nacional el día 28 de junio siguiente.

SEGUNDO

Los mismos hechos por los que se siguió el procedimiento penal motivaron la incoación del expediente disciplinario nº NUM000, que concluyó con Resolución de 16 de junio de 2005, del Director General de la Policía, por la que se declaró su caducidad y archivo.

Por Resolución de 20 de septiembre de 2005, el Director General de la Policía acordó la incoación de un nuevo expediente disciplinario que, previos los trámites que se estimaron oportunos, culminó con la Resolución de 23 de octubre de 2006, del Ministro del Interior, que acordó "imponer al ex policía del Cuerpo Nacional de Policía don Mariano la sanción de separación del servicio, prevista en el artículo 28.1.1ª) de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, como autor de una falta muy grave tipificada en el artículo 27.3.b) del mismo texto legal, bajo el concepto de: 'cualquier conducta constitutiva de delito doloso'. Con anotación de la falta y de la sanción en su expediente personal".

Disconforme con dicha Resolución, acude a la vía contencioso-administrativa.

TERCERO

Interpuesto recurso contencioso-administrativo y turnado a esta Sección, fue admitido a trámite, reclamándose el expediente, para, una vez recibido, emplazar a la parte actora a fin de que formalizara la demanda, lo que cumplimentó en un escrito en el que, tras exponer los hechos y los fundamentos de derecho que consideró oportunos, terminó suplicando una sentencia "en la que, estimando la pretensión que se deduce, se declare contraria a Derecho la resolución del Excmo. Sr. Ministro de Interior de 23 de octubre de 2006 por la que se resuelve el expediente disciplinario NUM001, imponiendo la sanción de separación del servicio, dictándose otra por la que se declarare que no procede instruir expediente disciplinario una vez que el recurrente ha perdido la condición de funcionario".

Dado traslado al Abogado del Estado para que contestara la demanda, así lo hizo en un escrito en el que, tras consignar los hechos y los fundamentos de derecho que estimó convenientes, terminó suplicando una sentencia "por la que se desestime el presente recurso, confirmando la resolución impugnada por ser conforme a Derecho".

Recibido el recurso a prueba, se practicaron las que, propuestas por las partes, fueron admitidas, con el resultado que obra en las actuaciones, concediéndose a continuación a las partes, sucesivamente, el plazo de diez días para que presentaran escrito de conclusiones, lo que efectuaron ratificándose en sus respectivas pretensiones.

Concluso el procedimiento, se señaló para votación y fallo el día seis de mayo de dos mil ocho, en que así tuvo lugar.

VISTOS los artículos legales citados por las partes y demás de general y pertinente aplicación, siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. JOSÉ LUIS GIL IBÁÑEZ, Presidente de la Sección.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurso contencioso-administrativo se interpone contra la Resolución del Ministro del Interior por la que se impone al demandante la sanción de separación del servicio, como autor de la falta muy grave prevista en el artículo 27.3.b) de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, consistente en "cualquier conducta constitutiva de delito doloso", pues fue condenado penalmente como autor de un delito intentado de robo con fuerza en las cosas, con la agravante de prevalimiento de carácter público.

El actor funda su pretensión impugnatoria en la circunstancia de que, como consecuencia de la condena penal, que, además de una pena de prisión, comprendía la inhabilitación especial para cargo público, se acordó la pérdida de la condición de funcionario, habiéndose incoado con posterioridad a la efectividad...

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