SAN 78/2013, 22 de Abril de 2013

PonenteMANUEL POVES ROJAS
EmisorAudiencia Nacional - Sala de lo Social
ECLIES:AN:2013:1672
Número de Recurso73/2013

SENTENCIA

Madrid, a veintidos de abril de dos mil trece.

La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional compuesta por los Sres. Magistrados citados al margen y

EN NOMBRE DEL REY

Ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el procedimiento 0000073/2013seguido por demanda de CONFEDERACION GENERAL DEL TRABAJO (CGT);contra CORPORACION DERMOESTETICA; CC.OO; UGT; Verónica (DELEGADA PERSONAL DE MALAGA CORPORACION DERMOESTETICA); Begoña ( DELEGADA PERSONAL DE SEVILLA CORPORACION DERMOESTETICA); Felicidad (CTE. EMP. MADRID CORPORACION DERMOESTETICA); Milagros ( DELEGADA PERSONAL LABORATORIOS MALFASSAR CORPORACION DERMOESTETICA);sobre impugnacion despido colectivo.Ha sido Ponente el Ilmo. Sr.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Según consta en autos, el día 18 de Febrero de 2013 por la representación Letrada la Confederación General del Trabajo ( en adelante, CGT )se presentó demanda de conflicto colectivo contra la empresaCORPORACION DERMOESTETICA y los sindicatos CC.OO, UGT así como frente a los firmantes del acta de acuerdo de despido colectivo.

Segundo

Por Decreto de la Secretaria de esta Sala de fecha 21de Febrero de 2013 se admitió a trámite tal demanda, designando también ponente. Asimismo, se acordó señalar para los actos de conciliación, y juicio en su caso, la fecha del 18 de Abril de 2013.

Tercero

Llegados el día y la hora señalados tuvo lugar la celebración del acto del juicio, previo intento fallido de avenencia, compareciendo la parte actora y como demandadas lo hicieron la empresa y los sindicatos CC.OO y UGT, sin que lo hicieran los firmantes del acta de acuerdo de despido colectivo. La parte actora ratificó su demanda, contestando las demandadas en los términos que recoge el acta de juicio. Se practicó prueba documental aportada por CC.OO y la empresa demandada, que fue reciprocamente reconocida. Se practicó también prueba de interrogatorio propuesta por la empresa en la persona del representante de CGT. Tras elevar sus conclusiones a definitivas, se declaró el juicio concluso. El desarrollo del mismo aparece reflejado en el acta levantada al efecto así como en la grabación audiovisual que figura a estos autos.

Aparecen acreditados y así se declaran, los siguientes

HECHOS PROBADOS

PRIMERO

CORPORACIÓN DERMOESTÉTICA, SA tenía, antes del despido, 431 trabajadores, distribuidos en los centros de trabajo, que se detallan a continuación:

CENTRO NÚMERO DE TRABAJADORES ALBACETE 5 ALCALA DE HENARES 6 ALCORCON 6 ALGECIRAS 5 ALICANTE 6 ALMERIA 4 BADAJOZ 6 BADALONA 3 BARCELONA 21 BILBAO 6 BURGOS 6 CACERES 5 CADIZ 8 CARTAGENA 9 CASTELLON 3 CIUDAD REAL 6 CORDOBA 8 ELCHE 4 GERONA 3 GETAFE 6 GIJON 7 GRANADA 7 HUELVA 7 JAEN 5 JEREZ 6 LA CORUÑA 8 LABORATORIO(MASSALFASSAR) 7 LAS PALMAS 6 LEON 7 LERIDA 5 LOGROÑO 4 MADRID 39 MALAGA 10 MALLORCA 8 MARBELLA 6 MATARO 3 MURCIA 6 ORENSE 4 OVIEDO 7 PAMPLONA 4 SABADELL 4 SALAMANCA 5 SAN SEBASTIAN 5 SANTANDER 8 SANTIAGO DE COMPOSTELA 5 SEVILLA 14 TARRAGONA 6 TARRASA 4 TENERIFE 6 TOLEDO 5 VALENCIA CALL CENTER 10 VALENCIA DESPACHOS 34 VALENCIA CLINICA 15 VALLADOLID 8 VIGO 6 VITORIA 4 ZARAGOZA 10

SEGUNDO

La empresa citada tiene un comité de empresa en su centro de Madrid y un delegado de personal en sus centros de Alicante; Alcorcón; Barcelona; Bilbao; Cádiz; Granada; Málaga; Masalfassar; Murcia; Salamanca; Santander y Sevilla. - No hay secciones sindicales de empresa. TERCERO. - La empresa demandada ha aplicado medidas de suspensión de contratos y reducción de jornada desde el 1-01 al 30-06-2012 y desde el 1-08 a 31-12-2012. CUARTO. - El 19-12-2012 comunicó a los representantes de los trabajadores de los centros citados anteriormente la decisión de iniciar un período de consultas, cuyo objetivo era extinguir 86 contratos de trabajo por causas económicas, productivas y organizativas. - En la misma fecha remitió a todos los trabajadores de la empresa la misma comunicación, advirtiéndoles que podían nombrar representantes en cada centro de trabajo, o delegar en los sindicatos más representativos y representativos del sector. QUINTO. - El 21-12-2012 comunicó a la Dirección General de Empleo y Seguridad Social el inicio del período de consultas, adjuntándoles la documentación, que se dirá a continuación, que ya se había entregado a la RLT, así como a los trabajadores en cuyos centros no había representantes: Comunicación a la autoridad laboral del inicio del período de consultas. Poderes e identificación del Representante de la Empresa, escritura de constitución de la misma y escrituras de cambio de denominación social, objeto y domicilio. Comunicación de apertura oficial del período de consultas y solicitud de informe a los representantes legales de los trabajadores, con expresa mención a la elaboración de un calendario de reuniones provisional. Memoria técnica explicativa de las causas legales que motivan la tramitación del presente procedimiento de despido colectivo. Informe técnico sobre la situación económica de la Compañía. Informe de IMPROVEN sobre la planificación organizativa de la Compañía. Cuentas anuales de Corporación Dermoestética, S.A. correspondientes a los dos últimos ejercicios: 2010 y 2011. Comprende: balance de situación, cuentas de pérdidas y ganancias, estado de cambios del patrimonio neto, estado de flujos de efectivos, memoria del ejercicio e informe de gestión. Cuentas provisionales de Corporación Dermoestética S.A. a fecha 30 de octubre de 2012. Cuentas consolidadas del Grupo Corporación Dermoestética correspondientes a los dos últimos ejercicios: 2010 y 2011. Comprende: balance de situación, cuentas de pérdidas y ganancias, estado de cambios del patrimonio neto, estado de flujos de efectivos, memoria del ejercicio e informe de gestión. Cuentas provisionales del Grupo Corporación Dermoestética a fecha 30 de octubre de 2012. Documentación fiscal: Impuestos de sociedades de los dos últimos ejercicios de Corporación Dermoestética S.A. 2010 y 2011. Impuesto de sociedades de del Grupo Corporación Dermoestética de 2011. Declaraciones del IVA del ejercicio en curso. Documentación contable: Cuentas provisionales del Grupo Corporación Dermoestética S.A. a fecha 30 de junio de 2012 presentadas ante la Comisión Nacional del Mercado de Valores. Cuentas provisionales del Grupo Corporación Dermoestética S.A. a fecha 30 de septiembre de 2012 presentadas ante la Comisión Nacional del Mercado de Valores. Cuentas anuales abreviadas de Obesidad y Genética S.L.U. de los ejercicios 2010 y 2011. Cuentas anuales abreviadas de Cosmética Estética Avanzada S.L.U. de los ejercicios 2010 y 2011. Certificado positivo de descubiertos con la Seguridad Social. Certificado negativo de deudas con Hacienda. Número y clasificación profesional de los trabajadores de la Compañía afectados por el presente procedimiento por centro de trabajo. Criterios de designación de los trabajadores afectados y justificación de la afectación de los representantes legales de los trabajadores Número y clasificación profesional de los trabajadores empleados habitualmente durante el último año por centro de trabajo. Periodo durante el cual se pretenden aplicar las extinciones de contratos de trabajo. Plan de acompañamiento social. Copia de las actas de elecciones sindicales. Calendario laboral y calendario de vacaciones previstas. Comunicación relativa a los trabajadores afectados mayores de 55 años. SEXTO. - Obran en autos y se tienen por reproducidas las actas de las asambleas de trabajadores de los centros de Coruña; Tarrasa; Sabadell; Toledo; Alicante; Mataró; Gerona; Albacete; Almería; Badajoz; Badalona; Burgos; Castellón; Ciudad Real; Córdoba; Cáceres; Elche; Gijón; Huelva; Jaén; Jerez; Las Palmas; Lérida; León; Logroño; Palma de Mallorca; Oviedo; Pamplona; San Sebastián; Santiago de Compostela; Santa Cruz de Tenerife; Valladolid; Vitoria; Zaragoza; Vigo y Tarragona.

- En todos los centros delegaron en CCOO y UGT, salvo en el centro de Toledo, que delegó indistintamente en el comité de Madrid o en los sindicatos ya citados. SÉPT...

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