SAN 47/2013, 2 de Julio de 2013

PonenteJUAN RAMON SAEZ VALCARCEL
EmisorAudiencia Nacional. Sala penal, Sección 1ª
ECLIES:AN:2013:3380
Número de Recurso76/2011

AUDIENCIA NACIONAL

Sala de lo Penal

Sección Primera

SUMARIO Nº 38/2011

JUZGADO CENTRAL DE INSTRUCCIÓN Nº 2

ROLLO DE SALA Nº 76/2011

Tribunal:

D. Fernando Grande Marlaska Gómez (presidente)

Dª. Manuela Fernández Prado

D. Ramón Sáez Valcárcel (ponente)

SENTENCIA Nº 47/2013

En Madrid a 2 de julio de 2013.

El Tribunal ha visto en juicio oral y público esta causa seguida por delito de terrorismo.

Han sido partes:

Ø Como acusación, el Ministerio Fiscal, representado por Dª. Dolores Delgado García, y D. Ezequiel y otros como Acusación popular, asistidos de la letrada Dª. María Ponte García.

Ø Como acusado, D. Maximiliano, de nacionalidad marroquí, nacido el NUM000 .1983 en Rabat (Marruecos), hijo de Zaida, nie NUM001, que fue defendido por el letrado D. Luis Díaz Navarro. Se encuentra en prisión provisional desde el 31.8.2010 (fue detenido el 27.8.2010).

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - Por auto de fecha 1 de septiembre de 2011 se acordó el procesamiento del Sr. Maximiliano . El sumario se concluyó el 26 de abril de 2012 y se elevó a la Sala. El juicio se ha celebrado el día 25 de junio pasado.

  2. - El Ministerio Fiscal y la Acusación popular calificaron los hechos como constitutivos de un delito de pertenencia e integración en organización terrorista del art. 571.1 del Código penal (en adelante Cp), antes de la reforma de Ley orgánica 5/2010 estaba previsto en los art. 515.2 y 516 Cp . Solicitaron la imposición de la pena de 6 años de prisión e inhabilitación especial para empleo y cargo público por 6 años. Apreciaron la concurrencia de una circunstancia atenuante analógica de colaboración con la justicia, como muy cualificada, de los art. 21.7 y 4 Cp . También interesaron que se declarara organización terrorista a la Red Ansar Al Muyahidin y que se decretara su clausura definitiva al amparo del ar. 129 Cp. Además, pidieron la condena en costas.

  3. - La defensa se adhirió a la pretensión de las acusaciones, solicitando la condena en esos mismos términos. II.- HECHOS PROBADOS

  4. - La Red Ansar Al Mujahideen es una estructura organizada que opera desde 2005 en internet, cuya finalidad es la propaganda de ideas justificadoras del uso de la violencia con fines políticos y religiosos, en la clave de la acción y métodos de Alqaeda y de otros grupos similares, y la selección y recluta de personas para que se integrasen en esas organizaciones y se prestaran a matar o a inmolarse en atentados suicidas en alguno de los conflictos abiertos en el norte de África y en Asia sudoccidental .

    Para tales fines la Red disponía de sitios y servicios virtuales en los que facilitaba información y noticias de actualidad sobre la acción de esos grupos, con foros de acceso público, salas de conversaciones virtuales restringidas y canales privados de comunicación, ordenados en distintos niveles, que eran controlados por dependientes de la organización que funcionaban como supervisores de los espacios, y se dedicaban a seleccionar entre los simpatizantes y asiduos de los foros a posibles militantes. En dicho campo virtual se difundían grabaciones audiovisuales que contenían imágenes y discursos que alababan la ejecución de acciones individuales con empleo de armas y explosivos, con especial atención a las que acometían agentes suicidas que atacaban objetivos considerados como enemigos, provocando efectos devastadores sobre la vida de las personas y los bienes, y se facilitaba la comunicación entre simpatizantes, miembros y responsables de la red. Ansar Al Mujahideen busca en ese espacio financiación para sus actividades de propaganda y de recluta de personas, a quienes se les facilitan los contactos y el dinero necesarios para viajar hasta dichos lugares. La red estaba formada por diversas personas, todas ellas amparadas por apodos, estructurada en cierta forma vertical, situándose en la cúspide individuos respetados por quienes a ella estaban vinculados, que adoctrinaban religiosa y políticamente a los demás.

  5. - D. Maximiliano, desde su domicilio en Denia (Alicante), estuvo relacionado con la Red vía internet e intervenía en el foro Ansar Al Mujahideen y en algunas de sus salas de conversaciones. Había adquirido y registrado varios dominios, entre ellos www.ansarkjihad.net y www.as.ansar.com, que había cedido a uno de los jefes de la estructura, al que conocía por el sobrenombre de Mr_56, que vivía en Arabia Saudita. Utilizaba los nicks (un apodo para acceder al sitio) Perico y Chato y ponía a disposición de la estructura sus conocimientos informáticos, llegando a reparar problemas que surgían.

    No consta que Maximiliano tuviera contacto físico ni que llegara a conocer a alguno de los responsables de Red Ansar Al Mujahideen.

  6. - En 2010 había llegado a convertirse en uno de los foros de carácter yihadista de seguimiento de acciones violentas y recluta de militantes más importantes, y ello por razón del número de seguidores, que se contaban por miles.

  7. - Desde el foro se seleccionó a algunas personas y se les facilitó la salida desde sus países de residencia a lugares de conflicto como Afganistán, Chechenia y Somalia, para que intervinieran en la comisión de atentados mortales.

  8. - D. Maximiliano colaboró con los agentes policiales que le descubrieron, facilitando información relacionada con las actividades clandestinas de la Red y sus proyectos.

    1. MOTIVACIÓN

  9. - Sobre los hechos

    La prueba practicada en el acto del juicio consistió en la declaración del acusado, quien admitió ciertos hechos, y en un informe pericial elaborado por el agente GC- NUM002, que contiene las conclusiones de la investigación (tomo 12 del sumario).

    El Sr. Maximiliano admitió en el juicio que Ansar Al Mujahideen era una estructura yihadista, que estaba integrada por una serie de personas, que desarrollaba actividades de propaganda, formación religiosa y política y captación de militantes para que actuaran como muyahidines en los conflictos abiertos en Chechenia, Afganistán o Somalia. Reconoció que participaba en la red y en el foro. Para ello, había adquirido hasta treinta y cinco dominios de internet. Uno de éstos, www.ansaralyihad.net, se lo cedió a Mr_ 56, administrador del foro yihadista, que vivía en Arabia Saudita, para que alojara el foro. En los foros llegaban a participar más de dos mil personas. Después había salas mas reservadas, controladas por el programa paltalk, y canales para comunicar de manera privada. Esos eran los mecanismos de selección y captación.

    La red, dijo Maximiliano, se financiaba de diversos modos, pero sobre todo a través de personas con poder económico que viven en Arabia Saudita o Catar; los foros tenían un coste elevado, algunos cuestan veinte mil euros al mes y, además, hay que ofrecer garantías o avales a las empresas que suministran el servicio. Junto a los foros públicos en las que intervienen todo tipo de personas, situadas incluso en las zonas de conflicto, están las salas de acceso restringido, salas paltalk, controladas por los supervisores, quienes permiten y niegan el acceso. Y, en última instancia existe la posibilidad de establecer comunicaciones particulares de carácter secreto. Refirió que jóvenes como él quedan atrapados en los foros a través de técnicas de control mental, que utilizan para manejar al individuo como si fuera una marioneta. Para convertir a alguien ya motivado en un mártir dispuesto a inmolarse, manifestó el acusado, se requiere un largo proceso de radicalización y formación religiosa. En las salas paltalk había cientos de personas que querían irse a Siria y a otros lugares de conflicto. Los dirigentes de la sala eran los que controlaban y seleccionaban a la gente, determinaban quién era apto para actuar como muyahidine, algunos se les permitía el acceso a campos de entrenamiento.

    En otro momento de su declaración relató que aprendió informática de manera autodidacta, y llegó a adquirir conocimientos para diseñar un foro árabe. Tenía en su domicilio, grabado en una tarjeta de memoria Sd, la base de datos del foro Ansar. Se servía de programas de encriptación proxy y utilizaba varios nicks, entre ellos Chato, cuando le pedía el administrador de la red que arreglara algún problema informático, lo que hacía siempre de manera remota. Cuando se ganó la confianza de los administradores de la red le encargaron administrar y supervisar algún foro o sala; lo que era un orgullo. Mencionó a varias personas que habían partido como muyahidines hacia Waziristán (región de Pakistán, limítrofe con Afganistán), como los llamados Victorio y Ángel .

    Su relación, explicó, con Ansar fue estrictamente virtual, no conoció la verdadera identidad de ninguno de los miembros y jefes de la estructura organizada.

    La información que ofreció se encuentra corroborada por el informe elaborado por los investigadores, donde se analizan los dominios que había registrado el acusado, las direcciones que había creado, sus cuentas y los nicks que utilizaba, el funcionamiento y los contenidos de los espacios virtuales que Maximiliano había mencionado. Además, daba cuenta el informe de las conversaciones a las que accedieron, con autorización judicial, así como de las relaciones del acusado con personas ubicadas en Irak, Irán, Kuwait, Marruecos y Jordania, con quienes hablaba por teléfono.

    Maximiliano declaró varias veces en el sumario y remitió numerosos escritos en los que ofrecía información sobre el funcionamiento de la red.

    La actitud procesal del acusado permitió que las acusaciones renunciaran al resto de la prueba.

    La declaración suficientemente corroborada sustenta ese relato de hechos probados, que afirma la hipótesis acusatoria de la relación virtual del Sr. Maximiliano con una organización de carácter terrorista que se desplegaba en la red, que operaba en espacios de internet con diferentes niveles de publicidad y reserva, desde el foro hasta los canales de comunicación privada, donde interactuaban responsables de la Red que se encargaban de controlar los contenidos de los mensajes y...

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