SAN, 11 de Febrero de 2000
Ponente | ANTONIO JIMENEZ HERNANDEZ |
Emisor | Audiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 1ª |
ECLI | ES:AN:2000:837 |
Número de Recurso | 1113/1998 |
Sentencia
Madrid, a once de febrero de dos mil.
Visto el recurso contencioso administrativo que, ante esta Sala de la Audiencia Nacional, ha
promovido Doña María Lourdes Cano Ochoa, Procuradora de los Tribunales, con la dirección letrada
de Don Ángel Moutón Surís, designados en turno de oficio, y en representación de DON
Federico , nacional de la REPUBLICA DEMOCRÁTICA DEL CONGO, contra la
Administración General del Estado, representada por el Abogado del Estado, sobre desestimación
del re-examen y ratificación de la inadmisión a tramite de la solicitud de asilo, siendo la cuantía del
mismo indeterminado. Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado de esta Sección, Don Antonio
Jiménez Hernández.
El acto impugnado es la resolución del Ministro de Interior, dictada en expediente 982810070015, el 14 de octubre de 1998 (notificada el 14-X-98), por la que se desestima la petición de re-examen formulada por el interesado y se ratifica la inadmisión a tramite de la solicitud de asilo, presentada el 7-X-98 en el puesto fronterizo del Aeropuerto de Madrid-Barajas, de 9 de octubre de 1998, en aplicación del artículo 5.6.d) de la Ley 5/84. Dicha resolución pone fin a la vía Administrativa.
Interpuesto presente el recurso, admitido a trámite, reclamado el expediente y publicado el anuncio de su interposición, se dio traslado al recurrente para que formalizara la demanda y solicitó se dicte sentencia por la que, estimando el presente recurso, se revoquen las resoluciones ministeriales de 9 y 14-X-98, en el sentido de que se admita a trámite el asilo de 7-X- 98, solicitado en la frontera de aeropuerto de Madrid Barajas.
Presentada la demanda se dio traslado de la misma y de las actuaciones al Abogado del Estado, al objeto de que formalizara la contestación y, en el escrito formulado al efecto, se opuso a la demanda y solicitó se dicte sentencia por la que se desestime el presente recurso y se confirme la resolución impugnada, por ser conforme a Derecho.
Solicitada la suspensión de las resoluciones impugnadas, se denegó por Auto de 20-IV-99, y evacuados por la partes los escritos de conclusiones, quedaron los autos conclusos y pendientes del señalamiento para votación y fallo, cuando por turno de reparto corresponda. Señalado el nueve de febrerodel 2000, en dicho día se votó y falló efectivamente.
El objeto del presente recurso se centra en determinar si la resolución impugnada de desestimación del re-examen y de ratificación de la inadmisión a tramite de la solicitud de asilo es o no conforme con el ordenamiento jurídico; para ello procede, a juicio de esta Sala, exponer los siguientes hechos deducidos del expediente y de la demanda:
-
- El actor salió del aeropuerto de Kinshasa, el 4-X-98, transitó por Sudafrica y partió en avión y sin billete ni documentación, desde Johannesburgo, llegando a España por Madrid Barajas, el 5-X- 98 y en forma ilegal, y solicitando asilo, en el puesto fronterizo del Aeropuerto de Madrid-Barajas, el 7-X-98. Adoptada la resolución de inadmisición, el 9-X-98, el interesado solicita el re-examen a las doce horas del 10-X-98, que es desestimado y ratificada la inadmisión a trámite del asilo por resolución de 14-X-98, realizando la comunicación previa de la interposición de la presente acción el mismo día.
En la solicitud y en el listado de datos personales consta nacido en Kinshasa (R.D. del Congo), el 28-VIII-70, con tarjeta nacional de identidad, en relación de convivencia y dos hijos, a los que extiende su solicitud de asilo, hablar morro, kikongo, lingala y francés, con estudios secundarios y profesión de pintor de coches; alegando como motivos de su solicitud de asilo que pertenece desde 1996 a la Iglesia " DIRECCION001 ", fundada por Evaristo , pastor de la misma y antiguo consejero del DIRECCION000 Jose Ramón , siendo su labor la dirección de los niños, fue arrestado con el pastor, el 27-IX- 98, y acusado por miembros de otras iglesias de...
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