SAN 27/2014, 7 de Noviembre de 2014

PonenteANTONIO DIAZ DELGADO
EmisorAudiencia Nacional. Sala penal, Sección 3ª
ECLIES:AN:2014:4220
Número de Recurso10/2013

AUD.NACIONAL SALA PENAL SECCION 3

MADRID

SENTENCIA: 00027/2014

AUDIENCIA NACIONAL

SALA PENAL

SECCION TERCERA

ROLLO DE SALA 10/2013

SUMARIO 12/2012

JUZGADO CENTRAL DE INSTRUCCIÓN NUMERO SEIS

ILMO. SR. PRESIDENTE

  1. GUILLERMO RUIZ POLANCO

    ILMOS. SRES. MAGISTRADOS

    DOÑA CARMEN LAMELA DIAZ

  2. ANTONIO DÍAZ DELGADO

    SENTENCIA Nº 27 / 2014

    En la Villa de Madrid, a siete de noviembre de dos mil catorce

    Esta Sección 3ª de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, ha visto en juicio oral y público, en la sesión celebrada el día 13 de octubre de 2014 (Rollo de Sala 10/2013), el juicio en el que han sido partes el Ministerio Fiscal representado por el Iltmo. Sr. D. Javier Redondo López, y los acusados siguientes:

    Luis Antonio, a " Virutas " y " Canoso ", ciudadano italiano nacido el NUM000 /68 con NIE NUM001 y sin antecedentes penales, defendido por el Letrado Marina Barriendos Luque y representado por el Procurador Sr. Abajo Abril.

    Anton, a " Pitufo ", ciudadano italiano nacido el NUM002 /63, con NIE NUM003 y sin antecedentes penales, en prisión provisional desde el 13/12/10 hasta el 1/12/2011 y actualmente el libertad provisional, defendido por el Letrado D. Alfredo Velloso González y representado por el Procurador Sr. Garnica Montoso.

    Cirilo a " Gotico " nacido el NUM004 /1978, con D.N.I NUM005 y con antecedentes penales no computables por delito contra la salud pública, en prisión provisional desde el 7/01/2011 hasta el 1/12/2011, defendido por el Letrado D. Alfredo Velloso González y representado por el Procurador Sr. Garnica Montoso.

    Federico a " Pelirojo ", nacido el NUM006 /1978 con D.N.I. NUM007 y sin antecedentes penales, en prisión provisional desde el 7/01/2011 hasta el 1/12/2011, defendido por el Letrado Doña Ana Jerónimo Bustos y representado por el Procurador Sr. Garnica Montoso. Ildefonso, a " Tiburon ", nacido el NUM008 /1976, con D.N.I. NUM009 y sin antecedentes penales, en prisión provisional desde el 12/01/2011 hasta el 11/02/2011, defendido por el Letrado Doña Carmen Gómez Martín y representado por el Procurador Sr. Messa Teichman.

    Mauricio, mayor de edad y sin antecedentes penales, privado de libertad entre el 10/02/2011 hasta el 11/02/2011, defendido por el Letrado Doña Ana Jerónimo Bustos y representado por el Procurador Sra. Garnica Montoso.

    Rodolfo, a " Chapas " y " Zanagollas " y " Chillon ", nacido el NUM010 /1980, con D.N.I. NUM011

    ,y sin antecedentes penales, en prisión provisional entre el 11/01/2011 al 11/02/2011, defendido por el Letrado

  3. Alfredo Velloso González y representado por el Procurador Sr. Tello Borrell.

    Carlos Ramón, a " Gallina ", mayor de edad y sin antecedentes penales, defendido por el Letrado D. Endika Zulueta San Sebastián y representado por el Procurador Sra. Tello Borrell.

    Abelardo, a " Orejas ", " Culebras " y " Birras ", mayor de edad, con antecedentes penales no computables y privado de libertad entre el 10/01/2011 y el 1/12/2011, defendido por el Letrado D. Jorge Martín Amaya y representado por el Procurador Sr. Doña Mercedes Romero González.

    Candido, a " Canicas ", nacido el NUM012 /1980, con D.N.I. NUM013, y con antecedentes penales no computables, y en prisión provisional entre el 8/01/2011 al 1/12/2011, defendido por el Letrado Doña Ana Jerónimo Bustos y representado por el Procurador Sra. Garnica Montoso.

    Emiliano, alias " Chato ", nacido el NUM014 /1969, con D.N.I. NUM015 y ejecutoriamente condenado por sentencia de 11/02/2000 a las penas de 3 años y 4 meses de prisión y multa por un delito contra la salud pública, antecedente cancelable y en prision provisional entre el 8/01/2011 y el 1/12/2011, defendido por el Letrado Doña Sofía Morente Cruz y representado por el Procurador Sra. Garnica Montoso.

    Humberto a " Palillo ", mayor de edad, sin antecedentes penales y en prisión provisional entre el 8/01/2011 y el 1/12/2011, defendido por el Letrado D. Jorge Martin Amaya y representado por el Procurador Galán Padilla.

    Paulino, alias " Farsante ", nacido el NUM016 /1979, D.N.I. NUM017, y sin antecedentes penales, en prisión provisional entre el 8/01/2011 y el 24/06/2011, defendido por el Letrado D. Enrique Rojo Alonso de Caso y representado por el Procurador Sr. Estrugo Lozano.

    Torcuato, mayor de edad con antecedentes penales no computables y en prisión provisional entre el 8 de enero y el 24/03/2011, defended por el Letrado D. Juan Maza Martínez y representado por el Procurador Sr. Llaguna Arostegui.

    Carlos María, mayor de edad con antecedentes penales no computables y en prisión provisional entre el 8 de enero y el 24/03/2011, defended por el Letrado D. Juan Maza Martínez y representado por el Procurador Sra. Puente Vázquez.

    Juan Francisco, mayor de edad y sin antecedentes penales, en prisión entre el 8/01/2011 y el 18/03/2011, defendido por el Letrado D. Juan Maza Martínez y representado por el Procurador Sra. Doña Dolores Fernández Prieto.

    Alejandro, mayor de edad, sin antecedentes penales y en prisión provisional entre el 6/01/2011 y el 18/03/2011, defendido por el Letrado D. Juan Maza Martínez y representado por el Procurador Sr. Doña Ana Enamorado Sánchez.

    Actúa como Ponente el Magistrado Sr. ANTONIO DÍAZ DELGADO.

ANTECEDENTES DE HECHO

1/ El Ministerio Fiscal en sus conclusiones provisionales calificó los hechos procesales como:

A/ primer desembarco e incautación de 88 kilos de hachís en Sevilla el 13/12/2010: Un delito contra la salud pública (tráfico de drogas) tratándose de sustancia de las que NO causan grave daño a la salud (hachís) de los artículos 368, inciso 2º C.P ., en cantidad notoria importancia ( art. 369.1, circunstancia 5ª

C.P .) y cometido por personas pertenecientes a una organización criminal (369,l circunstancia 2ª) y jefatura ( art. 370.2º C.P ) en quien se dirá, según la redacción vigente en el momento de los hechos, anterior a la reforma operada por L.O. 5/2010, que se considera mas favorable. B/ Desembarco de 1.300 kilos de hachís en Algeciras el 6/01/2011: Un delito contra la salud pública (tráfico de drogas), tratándose de sustancia de las que NO causan grave daño a la salud (hachís) de los artículos 368.1 inciso 2º C.P ., en cantidad de notoria importancia ( art. 369.5ª C.P .), extrema gravedad ( art. 370,3º) y cometido por personas pertenecientes a una organización criminal (369 bis C.P ) y jefatura en quien se dirá, según la redacción dada por L.O. 5/2010 de 5 de junio, ya en vigor en la fecha de los hechos.

C/ Delito de pertenencia a organización criminal del artículo 570 bis, 1. C.P .

De los anteriores delitos son criminalmente responsables en concepto de autores del artículo 28.1 del Código Penal los siguientes procesados:

- Del delito del apartado A) (primer desembargo e incautación de 88 kilos de hachís en Sevilla el 13/12/2010) los procesados Abelardo ( Botines ), Candido, Emiliano, Humberto, Paulino, Cirilo ( Botines ) Rodolfo, Federico, Ildefonso, Carlos Ramón, Mauricio Y Anton .

- Del delito de apartado B) (Desembarco de 1.300 kilos de hachís en Algeciras) los procesados Abelardo ( Botines ) Candido, Emiliano, Paulino, Torcuato, Juan Francisco, Carlos María, Humberto, Alejandro, Cirilo ( Botines ) y Federico .

- - Del delito de pertenencia a organización criminal del apartado C) todos los procesados, Luis Antonio

. (Respecto de los demás procesados la pertenencia a la organización criminal se sanciona junto con el delito de tráfico de drogas que se les imputa, por el principio de especialidad)

No concurren circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal en ninguno de los procesados.

Procede imponer a los procesados las siguientes PENAS:

- A los procesados Abelardo Y Cirilo por el delito del apartado A), en su condición de Jefes de las respectivas organizaciones, 6 años y 3 meses de prisión, dos multas del triple del valor de la droga (387.901,44 Euros)

- - A los procesados Candido, Emiliano, Humberto, Paulino, Rodolfo, Federico, Ildefonso, Carlos Ramón, Mauricio Y Anton, por el mismo delito del apartado A), 5 años de prisión, multa del doble del valor de la droga (258.600,96 euros)

- A los procesados Abelardo Y Cirilo, por el delito del apartado B), en su condición de jefes de las respectivas organizaciones, 10 años de prisión y multa del triple del valor de la droga (5.723.610,48 euros).

- - A los procesados Candido, Emiliano, Paulino, Torcuato, Juan Francisco, Carlos María, Humberto, Alejandro y Federico por el mismo delito del apartado B) seis años de prisión y multa del doble del valor de la droga (3.815.740,32 euros).

- -Al procesado Luis Antonio, por el delito del apartado C), 2 años de prisión.

- -Accesorias legales de todas ellas y costas proporcionales.

- Procede decretar el comiso de la droga, que se deberá destruir, si no lo hubiere sido ya, incluso de las muestras dejadas para contra análisis; de los vehículos SEAT Ibiza matrícula ....-SQC, Honda Civic matrícula

.....YDQ, VW Golf matricula FE-....-OL, Golf ....-LKJ, que se deberán enajenar y adjudicar el dinero al

Estado. De todos los demás efectos; instrumentos y teléfonos intervenidos a los que se les dará el respectivo destino legal y el dinero intervenido, que se adjudicará al Estado.

- 2/ Las defensas de los procesados/acusados en igual trámite solicitaron la libre absolución de sus defendidos con todos los pronunciamientos favorables.

- 3/ Llegado el día de la celebración del acto del juicio oral, el Ministerio Fiscal modificó sus conclusiones provisionales en el siguiente sentido:

- Los hechos relatados constituyen los siguientes DELITOS :

- A) Incautación de 88 kilos de hachís en Sevilla el 13/12/2010: Un delito contra la salud pública (tráfico de drogas) tratándose de sustancia de las que NO causan grave daño a la salud(hachís) de los artículos 368, inciso 2º C.P ., en cantidad notoria importancia ( art. 369.1, circunstancia 5ª C,P .) y cometido por personas...

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