SAN 222/2015, 15 de Julio de 2015

PonenteJOSE MARIA GIL SAEZ
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 5ª
ECLIES:AN:2015:2945
Número de Recurso32/2014

A U D I E N C I A N A C I O N A L

Sala de lo Contencioso-Administrativo

SECCIÓN QUINTA

Núm. de Recurso: 0000032 / 2014

Tipo de Recurso: PROCEDIMIENTO ORDINARIO

Núm. Registro General: 00467/2014

Demandante: D. Hernan

Procurador: SR. FREIXA IRUELA, JOSÉ JAVIER

Demandado: MINISTERIO DE INTERIOR

Abogado Del Estado

Ponente IImo. Sr.: D. JOSE MARIA GIL SAEZ

S E N T E N C I A Nº:

IImo. Sr. Presidente:

D. JOSÉ LUIS GIL IBÁÑEZ

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. JOSE MARIA GIL SAEZ

D. JESÚS N. GARCÍA PAREDES D. FERNANDO F. BENITO MORENO

D. TOMÁS GARCÍA GONZALO

Madrid, a quince de julio de dos mil quince.

VISTO por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional el recurso contencioso-administrativo número 32/2014, promovido por el Procurador de los Tribunales, Don José Javier Freixa Iruela, en nombre y representación de Don Hernan, contra la Resolución del Ministro del Interior, de fecha 10 de enero de 2014, por la que se impone al recurrente la sanción de separación del servicio, prevista en el artículo 10.1.a) de la Ley Orgánica 4/2010, de 20 de mayo, del Régimen Disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía, como autor de una falta muy grave tipificada en el artículo 7.b) del mismo texto legal, bajo en concepto de: "Haber sido condenado en virtud de sentencia firme por un delito doloso relacionado con el servicio o que cause grave daño a la Administración o a las personas"; habiendo sido parte en autos la Administración demandada, representada por el Abogado del Estado; cuantía indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Director General de la Policía, en fecha 10 de Noviembre de 2010, se acuerda la incoación de expediente disciplinario al recurrente, al tener constancia que, el recurrente ha sido detenido y puesto a disposición de la Autoridad Judicial como presunto participe en presuntos delitos de tráfico de estupefacientes en fecha 18 de octubre de 2010, hecho por el que se sigue causa penal, al estimar que dicha conducta pudiera ser constitutiva de alguna de las faltas previstas en el Ley Orgánica 4/2010, de 20 de mayo, por la que se aprueba el Régimen Disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía, decretándose la suspensión provisional de funciones de los mismos, el expediente disciplinario es identificado con el numero NUM000 .

El procedimiento penal citado concluyó mediante la Sentencia nº 33, de fecha 20 de mayo de 2013, dictada por la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla, procedimiento abreviado nº 147/2011, declarada firme por auto de 12 de junio de 2013, que contiene la declaración de hechos probados del tenor literal siguiente:

"Primero.- A raíz de las investigaciones que la Policía venía realizando, al menos desde el mes de abril de 2010, en torno a la distribución de sustancias estupefacientes en Sevilla, llegaron a tener conocimiento de que un determinado grupo de personas se dedicaban al tráfico de drogas, fundamentalmente cocaína, por lo que montaron los correspondientes servicios de vigilancia, seguimiento e intervención de conversaciones telefónicas, judicialmente autorizadas, todo lo cual dio lugar a la identificación de los acusados Jose Ignacio

, Hernan, Luis María, Juan Luis Y Abelardo como partícipes de dicha actividad.

Segundo

Así, resulta que Jose Ignacio (alias Chispas ) venía dedicándose a la distribución de cocaína en Sevilla, para ello adquiría la droga a personas desconocidas, y luego la distribuía para su venta. Para ello contaba con la participación de Luis María y Hernan (alias Pulpo y Gallina . Este último, Hernan, actuaba normalmente como intermediario entre Jose Ignacio y Luis María, incluso utilizaba su domicilio, sito en CALLE000, NUM001, NUM002 NUM003, de Sevilla, para guardar la droga que Jose Ignacio le entregaba para que a su vez se lo diera a Luis María que la guardaba a disposición de Jose Ignacio .

Por otra parte, el mismo Jose Ignacio también entregaba a Juan Luis (alias Flequi ) algunas cantidades de heroína para que las guardara en su casa hasta su posterior distribución. Y era Abelardo quien hacía de transportista de la droga en las ocasiones en que se lo pedía Jose Ignacio, para lo cual usaba el turismo, marca Renault, modelo Megane, matrícula .... HPD, propiedad del mismo Abelardo .

Tercero

En la mañana del día 15 de octubre de 2010 Jose Ignacio recibió una cantidad indeterminada de cocaína en una bolsa de plástico roja y blanca. Más tarde sobre las 16:10 horas cuando se encontraba en la calle José Laguillo de Sevilla, a la altura del concesionario de Ford se presentó en el lugar Abelardo que conducía su turismo Renault Megane matrícula .... HPD . Jose Ignacio se subió al coche con la bolsa de plástico roja y blanca y se dirigieron al domicilio de Juan Luis, sito en la CALLE001, n° NUM004, NUM005 NUM006, donde entraron los dos. Allí Jose Ignacio, valiéndose de un cuchillo y un peso de precisión que era de Jose Ignacio pero que se lo guardaba e! mismo Juan Luis, distribuyó en varios trozos la cocaína que llevaba en la citada bolsa de plástico, una parte de esta droga, en la bolsa de plástico rojo y blanco, quedó en la casa de Juan Luis, y los otros trozos se los llevó Jose Ignacio . Luego, los tres, Jose Ignacio, Abelardo y Juan Luis, con la droga que llevaba el primero, se dirigieron a los aparcamientos del domicilio de Abelardo en la CALLE002, NUM007 .

Cuarto

Posteriormente otra parte de la droga la entregó Jose Ignacio a Hernan que la guardó en su casa, sita en la CALLE000, NUM001, NUM002 NUM003, de Sevilla, hasta que el día 18 de octubre de 2010, sobre las 21:46 horas, recogió la droga Luis María en dicha vivienda. Sobre las 22:50 horas, cuando Luis María salió con la droga de la casa de Hernan fue detenido por funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía que le intervinieron una bolsa de plástico, de pequeño tamaño, que llevaba oculta bajo sus pantalones y que contenía 45:$6 grs, de cocaína, con una pureza del 26,3 % cortada con Piracetan. esta droga tenía un valor en el mercado ilícito de 1.577 euros en gramos.

Quinto

El día 19 de octubre de 2010 fue detenido Jose Ignacio al que se intervino una motocicleta marca Yamaha, matrícula .... WMW (cuyo titular administrativo es Agustina ), un teléfono móvil marca Nokia, una tarjeta de teléfono Vodafone y 90 euros. También fue detenido Juan Luis al que se le intervino el vehículo de su propiedad, Audi, modelo A5, matrícula .... TYR .

Sexto

El mismo día 19 de octubre se ordenaron por el Juzgado varios registros domiciliarios.

En el registro practicado en la vivienda de Jose Ignacio, situado en la CALLE003 NUM008, puerta NUM009, de Sevilla, se intervinieron 21 cajas de sustancias farmacológicas y útiles para su administración, un bote de cristal con 9,3 grs. de marihuana, cinco trozos de hachís con un peso neto total de 203.68 grs, una bolsita con 304 mg de ketamina y otra bolsita con 45 grs. con Piracetan que usaba para "cortar" la cocaína. También se intervinieron dos ordenadores, uno Packard Bell y otro Apple, y documentos de la motocicleta matrícula .... WMW . A Jose Ignacio se le intervinieron 90 euros. Los derivados del cannabis intervenido tenían un precio en el mercado ilícito de 1.120 euros.

En el registro practicado en la vivienda de Juan Luis ( Flequi ), sito en la CALLE001, NUM004, NUM005 NUM010, de Sevilla, se intervino una bolsita blanca con 10.92 grs. de cocaína con una pureza de 40,4 %, una funda negra con dos bolsitas que en total contenían 852 mg de cocaína con una pureza de 41.6 %, un teléfono Iphone 4 y su cargador, una balanza de precisión marca "Tanita", un teléfono móvil de color negro marca Nokia A/95 con su cargador, y en el trastero de la vivienda se intervino una bolsa de plástico de color verde y otra bolsa de plástico de color blanco y rojo, que tenían un total de siete bolsas con 684,4 grs. de cocaína con una pureza del 89,6 %. En total la droga intervenida tenía un valor en el mercado ilícito de 79.509 euros.

En el registro practicado en la vivienda de Luis María, situado en CARRETERA000, NUM011, NUM006 de San José de la Rinconada (Sevilla), se intervinieron 540 euros, una motocicleta de su propiedad, marca Yamaha Xmax, matrícula .... XHW y sus llaves, y un casco negro.

En el registro practicado en la vivienda de Hernan, sita en CALLE000, NUM001, NUM002 NUM003

, de Sevilla, se intervino una bolsa verde pequeña con una mezcla de fenacetina, cafeína y lidocaína, con un peso total de 1.000 mg. y varios fármacos (cuatro cajas de Winstrol Depot, una caja de Arimidex, un bote casi vacío de HCG y tres comprimidos de Metamizol).

Séptimo

Hernan en la época de los hechos pertenecía a la escala básica del Cuerpo Nacional de Policía, con el n° NUM012, pero de lo actuado no consta que se prevaliese de tal condición para la realización de los hechos relatados".

Por estos, el recurrente fue condenado, como cómplice de un delito contra la salud pública, a las penas, entre otras, de un año y seis meses de prisión y multa de 50.000 euros.

La sentencia penal fue recepcionada por la Administración el 12 de julio de 2013, tramitándose el procedimiento disciplinario, si bien estuvo suspendido durante 35 días para recabar el preceptivo informe del Consejo de Policía, recayendo Resolución del Ministro del Interior, de fecha 16 de enero de 2014, por la que se impone al recurrente la sanción de separación del servicio, prevista en el artículo 10.1.a) de la Ley Orgánica 4/2010, de 20 de mayo, del Régimen Disciplinario del Cuerpo...

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