SAN 39/2015, 14 de Octubre de 2015

PonenteFERMIN JAVIER ECHARRI CASI
EmisorAudiencia Nacional. Sala penal, Sección 3ª
ECLIES:AN:2015:3446
Número de Recurso9/2015

AUD.NACIONAL SALA PENAL SECCION 3

MADRID

SENTENCIA: 00039/2015

AUDIENCIA NACIONAL

SALA DE LO PENAL

SECCION TERCERA

ROLLO DE SALA 9/2015

PROCEDIMIENTO ABREVIADO nº 47/2014

JUZGADO CENTRAL DE INSTRUCCION Nº 5

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

D. Félix Alfonso Guevara Marcos

Doña Clara Eugenia Bayarri García

D. Fermín Javier Echarri Casi

SENTENCIA nº 39 /2015

En la Villa de Madrid a catorce de octubre de dos mil quince

En el Procedimiento Abreviado nº 47/2014, Rollo de Sala 9/2015, procedente del Juzgado Central de Instrucción nº 5 de la Audiencia Nacional, seguido por un delito de enaltecimiento del terrorismo, han sido partes, como acusador público el Ministerio Fiscal representado por el Ilmo. Sr. D. Carlos Miguel Bautista Samaniego, y como acusado:

David, mayor de edad, nacido el NUM000 de 1993 en Pamplona (Navarra), hijo de Indalecio y Debora

, con D.N.I nº NUM001, con domicilio en la CALLE000 nº NUM002 . NUM003 de Pamplona, sin que consten antecedentes penales computables en esta causa, en situación de libertad provisional por la misma, en la que compareció asistido del Letrado D. Carlos Garaikoetxea Mina y representado por el Procurador de los Tribunales D. Fernando Anaya García.

Ha sido Ponente el Magistrado D. Fermín Javier Echarri Casi.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado Central de Instrucción número 5 de esta Audiencia Nacional incoó con fecha 12 de mayo de 2014 Diligencias Previas nº 47/2014, en virtud de atestado de la Guardia Civil. Grupo de Información de la Zona de Navarra de fecha 28 de abril de 2014 por un supuesto delito de enaltecimiento del terrorismo cometido mediante la publicación de una serie de mensajes difundidos a través de las principales redes sociales, habiéndose procedido a la detención de David . Tras la práctica de diligencias de investigación el citado Juzgado Central de Instrucción dictó auto de fecha 29 de abril de 2015 acordando continuar las presentes diligencias previas por los trámites del Procedimiento Abreviado establecido en el Capítulo II, del Título III del Libro IV de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

SEGUNDO

El Ministerio Fiscal formuló escrito de acusación con fecha 7 de mayo de 2015, interesando la condena del acusado David, como autor criminalmente responsable de un delito continuado de enaltecimiento del terrorismo y humillación de las víctimas de los artículos 578 y 74.1 del Código Penal, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad penal, procediendo la imposición de la pena de un año y nueve meses de prisión, inhabilitación absoluta por tiempo de ocho años, dos años de libertad vigilada y costas.

Por auto de 25 de junio de 2015 se acordó la apertura de Juicio Oral contra el citado imputado, y la defensa de éste presentó su correspondiente escrito en fecha 21 de julio de 2015, interesando la libre absolución de su defendido por no ser los hechos constitutivos de infracción penal alguna.

TERCERO

Las presentes actuaciones fueron elevadas a la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional y recibidas que fueron en esta Sección Tercera el día 17 de agosto de 2015, se incoó el correspondiente Rollo de Sala, previo examen de la prueba propuesta, se dictó con fecha 2 de septiembre de 2015 auto de admisión de aquella y señalamiento del juicio oral para el día 8 de octubre de 2015 a las 10,30 horas.

CUARTO

El día señalado al efecto, compareció el acusado asistido de Letrado, celebrándose el juicio con el resultado que consta en el acta levantada al efecto, elevando, tras la práctica de la prueba, tanto el Ministerio Fiscal, como la defensa sus conclusiones a definitivas, con la pequeña modificación de aquél de añadir a la calificación jurídica la expresión y "humillación de las víctimas".

De las pruebas practicadas en el juicio oral han quedado acreditados los siguientes hechos, que se declaran:

.

HECHOS PROBADOS

Probado y así se declara, que el acusado David, mayor de edad y sin antecedentes penales, con ánimo de enaltecer a la organización terrorista ETA, sus actos y a sus miembros, y de humillar a las víctimas, publicó en su perfil de Twitter DIRECCION000, entre otros los siguientes mensajes e imágenes:

- El 23 de enero de 2012, un mensaje afirmando: "Hacia tiempo que no me sentaba tan bien la comida... Gracias Twitter¡ Gracias TT! (Trending Topic) Yo también me uno para no sentirme apartado...Gora ETA! y el emoticono XD.

- El 27 de septiembre de 2012, publica una imagen donde aparece un contenedor de basura ardiendo, con el comentario en euskera realizado en el mismo día de la fecha por el acusado "Gora Eta Gora Beti!" cuya traducción sería "arriba y arriba siempre", e introduciendo hashtag como #Gora Eusko Gudariak#/ Viva los soldados vascos" y la frase "Sozialismoa Portu arte, borrokan jarraitaku dugu/Hasta lograr la independencia y el socialismo continuaremos la lucha".

- En esa misma fecha, 27 de septiembre de 2012, difunde un cartel sobre el "Gudari Eguna/ Día del soldado" sobre un fondo constituido por los logotipos "Arrano Beltza/Águila Negra" y la estrella de cinco puntas, siendo el lema del cartel "Agur eta ohore/Adiós y honor". Asimismo, hizo el siguiente comentario: "Porque tenemos razones de sobra para luchar, nosotros continuaremos el camino que habéis dejado¡ Viva Soldados Vascos. Lucha"

- El 20 de noviembre de 2013 retuitea el usuario anónimo @ DIRECCION001, con varias imágenes de miembros de ETA saliendo de prisión, entre otras las correspondientes a Evelio " Ganso ", Lucas, Sergio

, Pedro Jesús, Tomasa, o Clemente, si bien éste último posa con el anagrama de Gestoras Pro Amnistía/ Askatasuna. La totalidad de las imágenes aparecen acompañadas del comentario "Ongi Etorri/Bienvenido".

- El 22 de octubre de 2013 retuitea al usuario anónimo @ DIRECCION002 que bajo el hashtag "frases que me marcaron" publica una imagen de un párrafo escrito por Corretejaos en el que se ensalza y justifica la lucha armada de la organización terrorista ETA donde dice que "...la lucha armada... se ve uno obligado a matar, endurece a la persona, le hace daño, pero la lucha armada es imprescindible para avanzar".

-El día 8 de noviembre de 2013 retuitea al usuario @ DIRECCION003 una imagen del miembro de ETA Romualdo acompañada del comentario en francés en referencia a la salida de prisión y el hashtag #doktrinastop, con una camiseta de un conocido equipo de fútbol con la simbología de ETA, el "Arrano Beltza" (Águila Negra) y la estrella de cinco puntas.

- El 31 de octubre de 2013, retuitea al usuario @ DIRECCION004 una imagen donde recrea el asesinato del Almirante Amador, en ese momento Presidente del Gobierno, y junto a la imagen del vehículo aparece el letrero "Arriba España". Dicho atentado acaecido el 20 de diciembre de 1973, fue reivindicado por la organización terrorista ETA.

- El 11 de enero de 2014, David publica una imagen suya portando una banderola con el lema "Euskal Presoak Euskal Herria/Presos Vascos a Euskal Herria", campaña ordenada por la organización terrorista ETA para exigir el acercamiento de sus miembros en prisión y desarrollada por la ilegalizada Gestoras Pro Amnistía/ Askatasuna, y con el siguiente comentario: "Amnistiaren alde zigortuen alde. Ez dugu izaterik aske haiek gabe. Gaur borroka dugu ta garaipena bihar/ A favor de la amnistía, a favor de los condenados. No seremos libres sin ellos. Hoy tenemos una lucha y mañana un desarrollo".

- El 29 de septiembre de 2012, David publicó una imagen suya portando una banderola de la campaña "Euskal Presoak Euskal Herrira/ Presos Vascos a Euskal Herria" acompañada del comentario "Lortuko Dugu! Aiatuko da eguna eta azkenean denoak Euskal Herrian lo egingo dugu/ Lo conseguiremos! Ha llegado el día y al final conseguiremos todos dormir en Euskal Herria".

- El 20 de enero de 2012, David publicó una imagen suya portando un cartel con el lema de la campaña "Euskal Presoak Euskal Herrira/Presos Vascos a Euskal Herria", con el siguiente comentario "Si sacar pancartas a favor de los presos en la Tamborrada dicen que es enaltecimiento del terrorismo, condéneme YA".

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Acerca de la prueba de los hechos y su valoración.

El acusado, en ningún caso, ha negado haber publicado en su perfil de Twitter DIRECCION000, los mensajes e imágenes recogidos en el relato de hechos probados, o haber retuiteado los mismos, lo que si ha negado en todo momento es que con ello pretendiese enaltecer a la organización terrorista ETA y humillar a las víctimas, habiendo declarado en el plenario que era contrario a la estrategia y a la violencia de ETA, que nunca había estado de acuerdo con dicha actividad, siendo así que las víctimas le merecen total respeto, ya que incluso tiene seguidores de su cuenta de Twitter que son familiares de víctimas de ETA, aportando un certificado de su pertenencia a las juventudes de la formación política vasca "Eusko Alkartasuna".

Sin embargo, un análisis conjunto, y no aislado e individualizado de los mensajes, imágenes, y comentarios publicados, nos lleva a interpretar lo contrario, es decir, que su finalidad no era otra sino la de enaltecer las actividades de la organización terrorista ETA y de humillación a las víctimas de aquella.

En esa línea se encuadra el mensaje de 23 de enero de 2012, que textualmente decía "Hacia tiempo que no me sentaba tan bien la comida... Gracias Twitter¡ Gracias TT! (Trending Topic) Yo también me uno para no sentirme apartado...Gora ETA! y el emoticono XD, que el acusado intentó justificar sobre la base de que la expresión "Gora Eta" era "trending topic" a nivel mundial, y que el "emoticono" reflejaba sorpresa o ironía, aunque luego no le hizo tanta gracia. Al respecto, el testigo funcionario de la Guardia Civil con TIP nº NUM004 (Instructor del atestado) manifestó en el plenario que la expresión "Gora ETA" se había...

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