SAN, 18 de Noviembre de 2019

PonenteBEGOÑA FERNANDEZ DOZAGARAT
EmisorAudiencia Nacional - Sala de lo Contencioso
ECLIES:AN:2019:4447
Número de Recurso397/2018

A U D I E N C I A N A C I O N A L

Sala de lo Contencioso-Administrativo

SECCIÓN SÉPTIMA

Núm. de Recurso: 0000397 / 2018

Tipo de Recurso: PROCEDIMIENTO ORDINARIO

Núm. Registro General: 03618/2018

Demandante: CONFITERIAS DEL SUR, S.L.

Procurador: D. MANUEL INFANTE SÁNCHEZ

Demandado: TRIBUNAL ECONOMICO ADMINISTRATIVO CENTRAL

Abogado Del Estado

Ponente IIma. Sra.: Dª. BEGOÑA FERNANDEZ DOZAGARAT

S E N T E N C I A Nº:

IImo. Sr. Presidente:

D. JUAN CARLOS FERNÁNDEZ DE AGUIRRE FERNÁNDEZ

Ilmos. Sres. Magistrados:

Dª. BEGOÑA FERNANDEZ DOZAGARAT

D. LUIS HELMUTH MOYA MEYER

Madrid, a dieciocho de noviembre de dos mil diecinueve.

Visto el recurso contencioso administrativo número 397/2018, que ante esta Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, Sección Séptima, ha promovido la entidad CONFITERÍAS DEL SUR SL representada por el procurador D. Manuel Infante Sanchez, contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Central de fecha 19 febrero 2018 en materia de inadmisibilidad; se ha personado la Administración General del Estado, representada por el Abogado del Estado. Siendo ponente la señora Dª Begoña Fernández Dozagarat, Magistrada de esta Sección.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la entidad CONFITERÍAS DEL SUR SL representada por el procurador D. Manuel Infante Sanchez, se interpone recurso contencioso administrativo contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Central de fecha 19 febrero 2018.

SEGUNDO

Por decreto de fecha 20 junio 2018 se admitió el precedente recurso y se reclamó a la Administración demandada que en el plazo de veinte días remitiese el expediente administrativo y realizase los emplazamientos legales.

TERCERO

Una vez recibido el expediente, por diligencia de ordenación se concedió a la parte recurrente el plazo de veinte días para que formalizase la demanda, y por diligencia de ordenación se dio traslado al Sr. Abogado del Estado para que contestase la demanda en el plazo de veinte días.

Se señaló para deliberación y fallo el día 12 noviembre 2019.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

La parte recurrente, CONFITERIAS DEL SUR SL, impugna la resolución del TEAC (rg 2360/17) de 19 febrero 2018 en base a los siguientes hechos: Se interpuso recurso de alzada ante el TEAC por la actora contra la resolución TEAR Andalucía que declaró la inadmisbilidad de la reclamación nº 41-06747-2016 promovida contra la comunicación de la Unidad de Gestión de Grandes Empresas de Andalucía de la AEAT en la que se le informaba de: " que no procede la emisión de notificación o documento alguno de...

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