SAN 58/2007, 12 de Junio de 2007

PonenteENRIQUE FELIX DE NO ALONSO-MISOL
EmisorAudiencia Nacional - Sala de lo Social
ECLIES:AN:2007:3381
Número de Recurso45/2007

SENTENCIA

Madrid, a doce de junio de dos mil siete.

La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional compuesta por los Sres. Magistrados citados al

margen y

EN NOMBRE DEL REY

Ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el procedimiento 0000045/2007seguido por demanda de SATBEcontra BANCO DE

ESPAÑAsobre conflicto colectivo.Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. D. ENRIQUE FÉLIX DE NO ALONSO-MISOL.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Según consta en autos, el día 8 de marzo de 2007 se presentó demanda por SATBE contra BANCO DE ESPAÑA sobre conflicto colectivo

Segundo

La Sala acordó el registro de la demanda y designó ponente, con cuyo resultado se señaló el día 24 de mayo de 2007 para los actos de intento de conciliación y, en su caso, juicio, al tiempo que se accedía a lo solicitado en los otrosies de prueba

Tercero

Llegado el día y la hora señalados tuvo lugar la celebración del acto del juicio, previo intento fallido de avenencia, y en el que se practicaron las pruebas con el resultado que aparece recogido en el acta levantada al efecto.

Resultando y así se declaran, los siguientes

HECHOS
PRIMERO

En el año 2002 el Banco de España adoptó el acuerdo de cese de determinadas sucursales. Con ello el dinero en metálico se aleja del Banco y existe el riesgo derivado de su transporte. SEGUNDO.- El Banco de España decidió efectuar desde 2004 " depósitos auxiliares " en las Compañías de Seguridad. Estos depósitos son fondos del Banco de España ubicados en las Compañías de transporte y seguridad. Lo que a su vez generó la necesidad de fiscalización de fondos "longa manu" y a tal fin se dictaron las Circulares 4/2003,7/2004 y 6/2005 (estas dos últimas obrantes en el ramo de prueba de la demandada y que por su extensión se dan por reproducidas, y la primera queda en la demanda). TERCERO.- Conforme a la Circular 7/2004 el arqueo de esos depósitos auxiliares los efectuaba el Interventor. De conformidad con la Circular 6/2005 también puede hacerlo la persona del departamento de Intervención designada por el Interventor. CUARTO.- En el Banco de España existen dos tipos de arqueo el propio de la Caja de la Sucursal (que efectúa siempre el Interventor y el Clavero) y los arqueos de los "depósitos auxiliares" que pueden ser efectuados, como se dijo, por un oficial designado por el Interventor. QUINTO.- De los arqueos de la Caja de la Sucursal responde el Interventor y el Clavero. De los arqueos, si existe merma, de los "depósitos auxiliares" responde la Compañía de Seguridad que tiene en su poder el depósito. SEXTO.- Por tanto los depósitos auxiliares (creados en 2004) se sujetan a un arqueo para contar el dinero y comprobar que está el que el depositario "dice que está", sin que de tal arqueo responda el funcionario...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR