SAN, 17 de Diciembre de 2008

PonenteJOSE MARIA GIL SAEZ
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 5ª
ECLIES:AN:2008:4971
Número de Recurso131/2008

SENTENCIA

Madrid, a 5 de diciembre de dos mil ocho.

Visto por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional el recurso de apelación número

131/2008, interpuesto por la Procuradora de los Tribunales Dª. María Granizo Palomeque, en nombre y representación de Don

Luis Pablo, contra la Sentencia dictada por la Ilma. Sra. Magistrada-Juez del Juzgado Central de lo

Contencioso-Administrativo núm. 8, en fecha 20 de junio de 2008, recaída en el procedimiento abreviado núm. 330/06, por la que

se desestimó el recurso contencioso-administrativo formulado contra la resolución de la Directora General de Instituciones

Penitenciarias y Presidenta del Organismo Autónomo Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo de fecha 5 de abril por

la que se resuelve el concurso general para la provisión de puestos de trabajo en los Servicios Periféricos de la Dirección General

de Instituciones Penitenciarias y del Organismo Autónomo de Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo publicada en el

BOE, núm. 104 de 2 de mayo de 2006. Ha sido parte apelada el Ministerio de Interior, asistido por el Abogado del Estado.

Es ponente el Ilmo. Magistrado Don José María Gil Sáez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 20 de junio de 2008 recayó sentencia dictada en el procedimiento abreviado 330/06 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo núm. 8, cuyo fallo es el siguiente: "Desestimar el recurso contencioso-administrativo promovido contra la Orden INT/1290/2006, de 5 de abril de 2006, por la que se resolvió el concurso general para la provisión de puestos de trabajo en los Servicios Periféricos de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias y del Organismo Autónomo de Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, publicada en el BOE, núm. 104, de fecha 2 de mayo de 2006, por ser el acto impugnado conforme a derecho, el cual se confirma. Sin costas".

SEGUNDO

Notificada dicha sentencia a las partes, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, mediante escrito razonado, que fue admitido, dándose traslado a las demás partes para que en plazo legal formalizaran su oposición, lo que efectuaron, sin que se propusiera prueba.

TERCERO

Recibidos los autos en esta Sección y no habiéndose solicitado la celebración de vista, ni siendo necesaria a juicio de la Sala, se señaló para votación y fallo el día 16 de diciembre del presente año, fecha en que tuvo lugar.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

No se aceptan los fundamentos de Derecho de la sentencia apelada, y

PRIMERO

El presente recurso de apelación se formulada por la parte demandante en la primera instancia contra la sentencia por la que se desestima el recurso contencioso administrativo formulado contra la Orden INT/1290/2006. de 5 de abril, por el que se resuelve el concurso general para la provisión de puestos de trabajo en los Servicios Periféricos de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias y del Organismo Autónomo de Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, publicada en el BOE, num. 104, de 2 de mayo de 2006, en lo referente a la plaza de Jefe de Servicio en el Centro Penitenciario de Ibiza.

El fundamento del presente recurso de apelación se articula, básicamente, sobre los mismos argumentos expuestos en la primera instancia; bajo el dato factico alegado por el demandante de no valoración por la Administración demandada del curso de lengua catalana impartido por el IBAP, que insiste que presento con su solicitud de participación en el precitado concurso de traslado, y que la Administración deniega fuera acompañado con dicha solicitud, estima que el Juez "a quo" ha incurrido en error en la valoración de la prueba, pues la carga de la prueba de la ausencia de aportación del documento justificativo de la realización del...

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