SAN 29/2007, 12 de Marzo de 2007

PonenteDANIEL BASTERRA MONTSERRAT
EmisorAudiencia Nacional - Sala de lo Social
ECLIES:AN:2007:1714
Número de Recurso175/2006

AUDIENCIA NACIONAL

Sala de lo Socia

Núm de Procedimiento: 0000175/200

Tipo de Procedimiento: DEMAND

Indice de Sentencia:

Contenido Sentencia:

Demandante: CSICA Y COMFIA- CC.OO

Codemandante:

Demandado: SERVICIO DE PREVENCIÓN MANCOMUNADO DE LAS CAJAS DE AHORRO Y 35

MAS

Ponente Ilmo. Sr.: D. DANIEL BASTERRA MONTSERRA

SENTENCIA Nº: 0029/200

Ilmo. Sr. Presidente:

D. JOSÉ JOAQUÍN JIMÉNEZ SÁNCHE

Ilmos. Sres. Magistrados:

Dª. CONCEPCIÓN ROSARIO URESTE GARCÍA

D. DANIEL BASTERRA MONTSERRA

Madrid, a doce de marzo de dos mil siete

La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional compuesta por los Sres. Magistrados citados al

margen

EN NOMBRE DEL RE

Ha dictado la siguient

SENTENCI

En el procedimiento 0000175/2006 seguido por demanda de CSICA contra SERVICIO DE

PREVENCIÓN MANCOMUNADO DE LAS CAJAS DE AHORRO sobre conflicto colectivo. Ha sido

Ponente el Ilmo. Sr. D. DANIEL BASTERRA MONTSERRA

ANTECEDENTES DE HECH

Primero

Según consta en autos, el día 26 de Octubre de 2006 se presentó demanda por CSICA contra SERVICIO DE PREVENCIÓN MANCOMUNADO DE LAS CAJAS DE AHORRO sobre conflicto colectiv

Segundo

La Sala acordó el registro de la demanda y designó ponente, con cuyo resultado se señaló el día 18 de enero de 2007 para los actos de intento de conciliación y, en su caso, juicio, al tiempo que se accedía a lo solicitado en los otrosies de prueb

Tercero

Con fecha 15 de Diciembre de 2006 se presente escrito por la FED. DE SERVICIOS FINANCIEROS Y ADVOS DE CC.OO. en el que solicita personarse como parte en el mencionado proceso. En providencia de la misma fecha se da por personado como demandante en el referido procedimiento

Cuarto

Llegado el día y la hora señalados la Sala acuerda la suspensión de las presentes actuaciones, señalándose como nueva fecha de juicio para el día 8 de marzo de 2007

Quinto

Por medio de escrito de fecha 22 de enero de 2007 el representante legal de CSICA amplia la demanda contra las entidades que a continuación se señalan:

C.E. PENSIONS DE BARCELONA -LA CAIXA-; C.E. DE CATALUNYA; C.E. DEL PENEDES; C.E. DE SABADELL; C.E. DE TARRAGONA; C.E. DE TERRASA; C.E. LAIETANA; C.E. DE GIRONA; C.E. DE MANRESA; CAJA ESPAÑA DE INVERSIONES, C.A. Y M.P. C.A. Y M.P. DELL C.C.O. DE BURGOS: C.A. MUNICIPAL DE BURGOS; C. A. Y M.P. DE SEGOVI8A ; C.A. DE SALAMANCA Y SORIA -CAJA DUERO-; C.A, Y M.P. DE AVILA; C.A. Y P. DE EXTREMADURA; M.P. Y C GENERAL DE A. DE BADAJOZ; C GENERAL DE A. DE CANARIAS; C.A. DE CASTILLA LA MANCHA; C.A. DEL MEDITERRÁNEO; C.A. DE VALENCIA, CASTELLÓN Y ALICANTE, BANCAJA; UNICAJA; C.A. Y M.P. DE CÓRDOBA, CAJASUR, C GENERAL DE. DE GRANADA; M.P. Y C.A. DE HUELVA Y SEVILLA; C.A. DE GUADALAJARA; CAIXANOVA; C.A. DE MURCIA; C.A. DE ASTURIAS; C.A. Y M.P. DE LAS BALEARES SA NOSTRA; C.A. DE LA IMACULADA DE ARAGÓN; CONFEDERACIÓN ESPAÑOLA DE CAJAS DE AHORROS; C.A. DE LA RIOJA; C.A. Y M.P. DE NAVARRA y ASOCIACIÓN DE LAS C.A. PARA LAS RELACIONES LABORALES (ACARL

Sexto

En fecha 8 de Marzo de 2007 tuvo lugar la celebración del acto del juicio, previo intento fallido de avenencia, y en la que la parte demandada FED. SERVICIOS FINANCIEROS Y ADMINISTRATIVOS DE CCOO, se adhirió a la demanda y a lo alegado por la parte actora, practicándose acto seguido las pruebas con el resultado que aparece recogido en el acta levantada al efecto. En dicho acto la Sala comunica a las partes el cambio de Ponente siendo sustituido el Ilmo. Sr. D. Enrique Félix de No Alonso Misol por el Ilmo. Sr. D. DANIEL BASTERRA MONTSERRAT, ante lo cual las partes no se opusieron

Resultando y así se declaran, los siguiente

PRIMERO

En el sector de las Cajas de Ahorro fue constituido, el 23 de septiembre de 1998, el Servicio de Prevención Mancomunado para las Cajas de Ahorro (SPMCA), estando al cargo de la evaluación de riesgos de las empresas así como del plan de prevención, entre otras competencias, actuando como servicios de prevención propios de las empresas que los contratan

SEGUNDO

En la Asamblea General de la Asociación de Cajas de Ahorro para Relaciones Laborales, de fecha 20.3.01, se tomo el acuerdo, documentado en el acta núm. 43, folio 77, que dice:

"... El Servicio de Prevención Mancomunado de Cajas de Ahorros, que por tratarse de un servicio especifico que no utilizan todas las Cajas se dotará de sus propios Estatutos y sus Órganos de Gobierno de acuerdo con éstos últimos, con financiación igualmente independiente de la general de ACARL"

TERCERO

El presente conflicto afecta a todos los empleados de las Cajas de Ahorro demandadas, unos 80.000 aproximadamente

CUARTO

Se efectuó, ante el SIMA, el preceptivo acto de intento de conciliación, el 13.9.06, sin avenencia

Se han cumplido las previsiones legales

FUNDAMENTOS DE DERECH

PRIMERO

Los actores convergen en este pleito con el fin de solicitar se dicte sentencia en la que se declare que los atracos que sufren las oficinas de las Cajas de Ahorro son riesgos laborales y, consecuentemente, deben ser evaluados por el SPMCA, contemplándose en el Plan de Emergencia. Así mismo solicitan que se impartan cursos de formación frente al riesgo, y derechos de consulta e información a los representantes de los trabajadores

Los hechos que se han declarado probados lo han sido en virtud de lo dispuesto en el artículo 97.2 de la Ley de Procedimiento Laboral, teniendo en cuenta para ello los documentos aportados y la conformidad de las partes, valorados de acuerdo a las reglas de la sana crítica judicial, todo lo cual conducirá a la estimación de la demanda

SEGUNDO

Se formularon tres excepciones procesales, a saber

A- Por parte de ACARL se estimó que no tiene legitimación pasiva en el pleito sor no pertenecer al Servicio de Prevención, siendo ahora una entidad independiente entre cuyos objetos sociales no entra la prevención de riesgos laborales

Efectivamente, tiene razón. Como hemos recogido en el probado segundo, el 20.3.01 el SPMCA se desliga de ACARL pasando a ser un organismo independiente, con su propia financiación, estatutos y órganos de gobierno

Queda, pues, ACARL excluida de este pleito

B.- Asimismo la representación procesal de SPMCA y de las Cajas de Ahorro presentes en el procedimiento planteó la falta de legitimación pasiva de SPMCA por entender que se trata de un organismo técnico, siendo cada Caja responsable de la seguridad

Según el acta referenciada de 20.3.01 este Servicio no es...

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