SAN, 3 de Julio de 2006

PonenteERNESTO MANGAS GONZALEZ
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 4ª
ECLIES:AN:2006:3405
Número de Recurso182/2004

JAVIER EUGENIO LOPEZ CANDELAANA MARIA SANGÜESA CABEZUDOANA ISABEL MARTIN VALEROERNESTO MANGAS GONZALEZ

SENTENCIA

Madrid, a tres de julio de dos mil seis.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, Sección Cuarta, constituida por

los Sres. Magistrados relacionados al margen, ha visto el recurso contencioso administrativo núm.

182/04 interpuesto por D. Luis María, representado por la Procuradora

de los Tribunales Dª. Beatriz Martínez Martínez, contra la resolución de la Excma. Sra. Ministra de

Sanidad y Consumo (P.D., Orden SCO/996/2002, el Subsecretario), de 06 de febrero de 2004, por

la que se dispone la publicación de las calificaciones definitivas del concurso, fase de selección del

proceso extraordinario de consolidación de empleo para la selección y provisión de plazas de

facultativo especialista de área de Medicina Interna en las instituciones sanitarias de la Seguridad

Social dependientes del INSALUD, convocada por Orden de 4 de diciembre de 2001; habiendo sido

parte en las presentes actuaciones, además del actor, la Administración General del Estado,

representada por la Abogacía del Estado; cuantía indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso, previos los oportunos trámites, se confirió traslado a la parte actora del expediente administrativo para que en el término de veinte días formalizase la demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito presentado el 22 de diciembre de 2004 en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estima aplicables, solicita que se dicte sentencia por la que se declare la nulidad de la resolución recurrida, así como de la resolución de convocatoria, la adjudicación y todos los actos resultantes de la misma; y que se reconozca al recurrente una puntuación de 117,85 puntos, con superación de la fase de selección, y el correspondiente acceso a la situación de expectativa de destino, con imposición de costas a la parte contraria.

SEGUNDO

El Abogado del Estado contestó la demanda en escrito presentado el día 12 de abril de 2005 en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que considera aplicables, recaba sentencia desestimatoria del recurso interpuesto, con imposición de costas a la parte recurrente.

TERCERO

Acordado el recibimiento del recurso a prueba por auto de 18 de abril de 2005 , se ha practicado documental con el resultado que obra en autos y se ha dado trámite de conclusiones a las partes, que lo han evacuado por su orden. Posteriormente, se señaló para votación y fallo el día 15 de febrero de 2006, fecha en la que se dejó sin efecto el señalamiento a fin de recabar la prueba que de oficio condideró la Sala pertinente incorporar al proceso. Hecho lo cual y previo traslado de su resultado a las partes para alegaciones, se señaló para votación y fallo el día 21 de junio de 2006, en cuya fecha ha tenido lugar.

Ha sido Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Ernesto Mangas González, quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto de impugnación la resolución de la Excma. Sra. Ministra de Sanidad y Consumo (P.D., Orden SCO/996/2002, el Subsecretario), de 06 de febrero de 2004, por la que se dispone la publicación de las calificaciones definitivas del concurso, fase de selección del proceso extraordinario de consolidación de empleo para la selección y provisión de plazas de facultativo especialista de área de Medicina Interna en las instituciones sanitarias de la Seguridad Social dependientes del INSALUD, convocada por Orden de 4 de diciembre de 2001.

SEGUNDO

La Ley 16/2001, de 21 de noviembre , vino a establecer un proceso extraordinario de consolidación y provisión de plazas de personal estatutario en las instituciones sanitarias de la Seguridad Social, habilitando a tal fin a los Servicios de Salud para celebrar por una sola vez las correspondientes convocatorias de consolidación de empleo, mediante su realización en dos fases, de selección y provisión.

De conformidad con la mentada Ley, por Orden del Ministerio de Sanidad y Consumo de 4 de diciembre de 2001 (BOE de 11 de diciembre) se convocó un proceso extraordinario de consolidación de empleo para la selección y provisión de plazas de facultativo especialista de área de Medicina Interna en las instituciones sanitarias de la Seguridad Social dependientes del INSALUD.

La Base Primera de la Orden de convocatoria establece: "Para el presente proceso de consolidación de empleo se convocan 305 plazas de la categoría de Facultativo Especialista de Área en la especialidad de Medicina Interna (La Orden de 26 de diciembre de 2001 corrige el número, que queda establecido en 310 plazas). A estas plazas se acumularán las convocadas y no adjudicadas como consecuencia del concurso de traslados específico para Facultativos Especialistas de Área previsto en la Disposición Adicional Segunda de la Ley 16/2001, de 21 de noviembre , así como las que resulten vacantes del mismo". Esta Base señala a continuación, de acuerdo con lo establecido en la Ley 16/2001, de 21 de noviembre , que el proceso extraordinario de consolidación de empleo que estamos examinando, se divide en dos fases: selección y provisión.

Conforme a la base segunda de la convocatoria, la fase de selección se llevará a cabo a través del sistema de concurso-oposición, y la superación de la misma supondrá la adquisición de la situación de personal estatutario en expectativa de destino, sin que pueda superar la fase de selección y, por tanto, acceder a la situación de personal estatutario en expectativa de destino, un número mayor de aspirantes que el de plazas convocadas ( artículo 4.2º Ley 16/2001 y base undécima Orden Convocatoria), salvo lo establecido en la base novena.

La fase de selección aparece dividida, por tanto, en dos partes, la oposición y el concurso, consistente, este último, en la valoración por el tribunal, con arreglo al baremo que se publica como anexo I, de los méritos que acrediten los aspirantes, referidos al último día del plazo de presentación de solicitudes de la fase de selección.

En lo que a la resolución del presente recurso jurisdiccional interesa, el Anexo I, Baremo de Méritos, de la Orden de convocatoria, en su punto 1 establece -en iguales términos que los recogidos en el art. 6 de la Ley 16/2001 - la valoración de la experiencia profesional obtenida en el desempeño de puestos de trabajo de las correspondientes instituciones sanitarias de la Seguridad Social como personal estatutario, asignando 0,3 puntos por mes trabajado, por los servicios prestados, cualquiera que hubiera sido el momento, en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social del INSALUD, en la misma categoría profesional y, en su caso, especialidad a la que se concursa con nombramiento fijo o temporal; y 0,1 puntos por mes trabajado, por los servicios prestados, cualquiera que hubiera sido el momento, en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social de Servicios de Salud distintos del INSALUD, en la misma categoría profesional y, en su caso, especialidad a la que se concursa, con nombramiento fijo o temporal.

TERCERO

D. Luis María hizo valer en el concurso de la fase de selección del proceso de consolidación de empleo a que se ha hecho referencia, su experiencia profesional como personal estatutario en instituciones sanitarias de la Seguridad Social del INSALUD (54 meses/16,2 puntos), adjuntando certificación del Dr. Gerente del H. U. Del Río Hortera (Valladolid), en la que se hace constar que el aspirante, con "categoría o especialidad del nombramiento" de F. E. A. Medicina Interna, prestó servicios en la Unidad o Servicio de Urgencia Hospitalaria, mediante nombramiento temporal de tipo estatutario, desde 20 de febrero de 1997 hasta 13 de agosto de 2001 (54 meses/ 16 días). E hizo valer su experiencia profesional como personal estatutario en instituciones sanitarias de la Seguridad Social de Servicios de Salud distintos del INSALUD (4 meses/0,4 puntos), adjuntando certificación del Dr. Gerente del Hospital Comarcal de Benavente (Zamora), en la que se hace constar que el aspirante, con "categoría o especialidad del nombramiento" de F. E. A. Medicina Interna, prestó servicios en la Unidad o Servicio de Medicina Interna, mediante nombramiento temporal de tipo estatutario, desde 14 de agosto de 2001 hasta 29 de diciembre de 2001 (4 meses/ 18 días).

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR