SAN, 23 de Enero de 2008
Ponente | JAVIER EUGENIO LOPEZ CANDELA |
Emisor | Audiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 4ª |
ECLI | ES:AN:2008:136 |
Número de Recurso | 299/2007 |
SENTENCIA EN APELACION
Madrid, a veintitres de enero de dos mil ocho.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional (Sección Cuarta) ha pronunciado
la siguiente Sentencia en el recurso de apelación número 299/2007, interpuesto por Jesús Manuel,
representado por el Procurador Sr. Moreno Rodríguez, y asistido por la letrada Sra. Manzanares
Alonso, contra la sentencia de fecha 20 de julio de 2.007 del Juzgado Central de lo Contencioso-
administrativo nº 4 en el procedimiento abreviado nº 424/2006, siendo parte apelada el Ministerio del
Interior, representado y asistido por la Abogacía del Estado, sobre inadmisión a trámite de derecho
de asilo.
Ha sido Ponente el Ilmo. Señor Don JAVIER EUGENIO LÓPEZ CANDELA quien expresa el parecer
de la Sala.
Por la representación de la recurrente en escrito presentado en el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo nº 4 en fecha 19 de septiembre de 2.007 se interpuso el presente recurso de apelación contra la sentencia dictada en fecha 20 de julio de 2007 por dicho Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo nº 4 por la que se desestimaba el recurso contencioso- administrativo interpuesto por el recurrente contra la Resolución del Ministerio del Interior de 16 de junio de 2.006 por la que se acordaba la inadmisión a trámite de la petición de asilo formulada por la actora en fecha 26 de abril de 2.006.
Admitido a trámite el recurso se dio traslado del mismo a la apelada, la cual evacuó dicho trámite en la forma en que consta en autos por escrito de fecha 28.9.2007 oponiéndose al mismo.
Continuado el proceso por los trámites que aparecen en autos, y elevando las actuaciones a esta Sala por providencia de fecha 2 de octubre de 2.007 se señaló día y hora para la votación y fallo, diligencia que tuvo lugar en la fecha de 16 de enero de 2.008.
En la sustanciación del presente pleito se han observado las prescripciones legales, siendo la cuantía del mismo establecida por el Juzgado de indeterminada.
Se aceptan sustancialmente los fundamentos jurídicos de la resolución impugnada, y además se indican los siguientes:
En el presente recurso de apelación se impugna la sentencia dictada en fecha 20 de julio de 2007 por dicho Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo nº 4 por la que se desestimaba el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el recurrente contra la Resolución del Ministerio del Interior de 16 de junio de 2.006 por...
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