SAN, 4 de Octubre de 2006

PonenteANA MARIA SANGÜESA CABEZUDO
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 4ª
ECLIES:AN:2006:4644
Número de Recurso143/2005

ERNESTO MANGAS GONZALEZ JAVIER EUGENIO LOPEZ CANDELA ANA MARIA SANGÜESA CABEZUDO ANA ISABEL MARTIN VALERO TOMAS GARCIA GONZALO

SENTENCIA

Madrid, a cuatro de octubre de dos mil seis.

Visto por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo el presente recurso

tramitado con el número 143/05, seguido a instancia de JOHNSON CONTROLS VALLADOLID SA,

representada por procurador, Don Pedro Rodríguez Rodríguez, y defendida por letrado, Don Eduardo

Mediavilla Laso, contra Resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central de 20 de

diciembre de 2004 ( Sala Primera, Vocalía Sexta, RG 4670-02) por la que se desestima la

reclamación interpuesta contra liquidación de 4 de octubre de 2002 del Inspector Jefe Adjunto de la

Oficina Nacional de Inspección, referente al impuesto sobre la renta de las personas físicas,

ejercicio 1997, retenciones e ingresos a cuenta de capital mobiliario, y cuantía 1.854.272,71 euros

(308.525.019 pts.), siendo parte demandada la Administración del Estado, representada y defendida

por el Sr. Abogado del Estado,

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 27 de marzo de 2005, el procurador indicado interpuso recurso contencioso- administrativo frente a Resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central de 20 de diciembre de 2004 ( Sala Primera, Vocalía Sexta, RG 4670-02) en la que se desestima la reclamación interpuesta contra liquidación de 4 de octubre de 2002 del Inspector Jefe Adjunto de la Oficina Nacional de Inspección, referente al impuesto sobre la renta de las personas físicas, ejercicio 1997, y cuantía 1.854.272,71 euros (308.525.019 pts.).

SEGUNDO

Admitido a trámite el escrito se tuvo por interpuesto el recurso, se acordó su sustanciación de acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción contenciosa-administrativa, teniendo por personado y parte al procurador indicado, y reclamado el expediente de la Administración demandada, se dio traslado del mismo a la recurrente una vez recibido para que presentara demanda en legal forma; Evacuado el traslado conferido dentro de plazo, formuló escrito de demanda, en el que tras expresar los hechos y fundamentos que estimó de aplicación al caso, terminó suplicando que se dictara sentencia por la que se declare no conforme a derecho la resolución impugnada, anulando la misma.

TERCERO

Dado traslado de la demanda, la Abogacía del Estado presentó escrito de oposición, en el que suplicaba que se desestimara íntegramente el recurso, por entender que el mismo era conforme a derecho.

CUARTO

Fijada la cuantía del recurso en 1.854.272,71 euros (308.525.019 pts.), se practicó prueba con el resultado que obra en autos, tras lo cual las partes presentaron escritos de conclusiones reiterando los pedimentos contenidos en sus escritos de demanda y contestación.

QUINTO

Cumplimentados los trámites, quedaron los autos pendientes que señalamiento para votación y fallo, el cual quedó fijado para el día 27 de septiembre de 2006, Expresando la magistrado de la Sala, designada ponente, Ilma. Sra. Doña Ana M. Sangüesa Cabezudo, el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La resolución del TEAC que constituye el objeto del presente recurso, expone los hechos que dan lugar al contencioso, sobre los que no existe discrepancia, en la forma que a continuación pasamos a relatar.

Con fecha 24 de julio de 2002 la Oficina Nacional de Inspección incoó a la sociedad acta modelo A02 de disconformidad 70590442 por el concepto y periodos ya referidos (impuesto sobre la renta de las personas físicas, ejercicio 1997, retenciones e ingresos a cuenta de capital mobiliario). El obligado tributario, JOHNSON CONTROLS VALLADOLID SA. - antes Ibérica de Asientos SA ( IDEA)-,presentó declaración por dicho concepto impositivo haciendo constar una base de retención de 961.126.876 pts. (5.776.488,88 euros), y como retenciones a cuenta cero. En el resumen anual del ejercicio 1997 de retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos de capital mobiliario hace constar en la relación de preceptores a TVR 1996 exclusivamente con una base de retención de 961.126.876 pts. (5.776.488,88 euros). Además, Ibérica de Asientos SA ( IDEA) cambia de denominación en 1998 pasando a denominarse JOHNSON CONTROLS VALLADOLID SA.

En acta de reunión de la Junta General Ordinaria y Universal de Ibérica de Asientos SA (IDEA) celebrada con fecha 22 de diciembre de 1997 se acordó la distribución entre los accionistas en proporción a las acciones que posean en la sociedad, de un dividendo a cuenta de 961.126.876 pts. (5.776.488,88 euros) sobre la reserva voluntaria de la compañía, el cual sería pagadero al día siguiente, constando el pago por el concepto de dividendos sin retención.

Según consta en copia de asientos del registro mercantil de Girona, la entidad TVR 1996 SA se constituyó mediante escritura pública de 20 de diciembre de 1996, presentada en el Registro Mercantil de Girona el día 24 de enero de 1997 con un capital de 135.700.000 pts.( 815.573,43 euros), que fue totalmente desembolsado por el socio fundador, la compañía de nacionalidad francesa Establissements Trevers SA, mediante aportación de 50.000 acciones representativas del capital social de la compañía mercantil española Ibérica de Asientos SA ( IDEA, ahora JONSON CONTROLS VALLADOLID SA) por un valor de 135.700.000 pts., adjudicándosele en pago las 27.140 acciones en que se divide el capital social de TVR 1996 SA. La constitución se realizó según el procedimiento especial de canje de valores, acogiéndose al régimen especial previsto en el capitulo VIII del título VIII de la Ley 43/1995, de 27 de diciembre, del Impuesto de Sociedades.

La sociedad no practicó retención sobre el importe del dividendo distribuido ahora analizado, no obstante lo cual la Administración consideró la improcedencia de...

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