SAN, 2 de Julio de 2009

PonenteJOSE ARTURO FERNANDEZ GARCIA
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 6ª
ECLIES:AN:2009:3266
Número de Recurso326/2007

SENTENCIA

Madrid, a dos de julio de dos mil nueve.

Visto el recurso contencioso-administrativo que ante esta Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional y bajo el número 326/2007 se tramita a instancia de MAILING SHOP SA, representada por el Procurador don José Luis Martín Jaureguibeitia, contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Central (en adelante TEAC), de fecha 11 de julio de 2007 (RG 1.191/2005), que desestima el recurso de alzada presentado por dicha parte contra acuerdo, de 24 de noviembre de 2004, dictado por el Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid (en adelante TEAR Madrid), que desestima las reclamaciones acumuladas 28/2530/2001 y 28/20658/2001, interpuestas contra acuerdos de liquidación, confirmatorios de actas de disconformidad A02 nº 70339614 y A02 nº 70436433, dictados por la Dependencia de Inspección de la Delegación de Madrid de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (en adelante AEAT), de fechas 10 de enero de 2001 y 9 de octubre de 2001, respectivamente, siendo las deudas tributaria de 529.594,15 #, en concepto del Impuesto sobre el Valor Añadido (en adelante IVA) de los ejercicios 1996,1997 y 1998 la primera, y 145.293,71 # por IVA del ejercicio de 1999 la segunda; y es parte demandada la Administración General del Estado, representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado y la cuantía del procedimiento de 674.887, 86 #.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte recurrente arriba indicada interpuso en fecha 17/09/2007 este recurso respecto de los actos antes aludidos y, admitido a trámite y reclamado el expediente administrativo, se entregó éste ala parte actora para que formalizara la demanda, lo que hizo en tiempo, en la que realizó una exposición fáctica y la alegación de los preceptos legales que estimó aplicables, concretando su petición en el Suplico de la misma, en el que solicitó se dicte sentencia en la que con estimación del recuso se anulen los actos recurridos.

SEGUNDO

De la demanda se dio traslado al Sr. Abogado del Estado, quien en nombre de la Administración demandada contestó en un relato fáctico y una argumentación jurídica que sirvió al mismo para concretar su oposición al recurso en el suplico de la misma, en el cual solicitó que habiendo por presentado ese escrito, lo admita y tenga por contestada la demanda y previos los trámites legales se dicte sentencia desestimándolo y confirme la resolución impugnada.

TERCERO

Al solicitarlo las partes, se recibió el juicio a prueba y se sustanció el trámite de conclusiones por escrito. A continuación, fue señalado día para votación y fallo el 30 de junio de 2009, procediéndose a su deliberación votación y fallo con el resultado que a continuación se expresa.

CUARTO

Aparecen observadas las formalidades de tramitación.

Es ponente de esta sentencia el Ilmo. Magistrado Sr. don JOSE ARTURO FERNANDEZ GARCIA.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Es objeto de este recurso contencioso administrativo la resolución del TEAC, de fecha 11 de julio de 2007 (RG 1.191/2005), que desestima el recurso de alzada presentado por la actora arriba reseñada contra acuerdo, de 24 de noviembre de 2004, dictado por el TEAR de Madrid, que desestima las reclamaciones acumuladas 28/2530/2001 y 28/20658/2001, interpuestas contra acuerdos de liquidación, confirmatorios de Actas de disconformidad A02 nº 70339614 y A02 nº 70436433, dictados por la Dependencia de Inspección de la Delegación de Madrid de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (en adelante AEAT), de fechas 10 de enero de 2001 y 9 de octubre de 2001 respectivamente, siendo las deudas tributaria de 529.594,15 #, en concepto de IVA de los ejercicios 1996,1997 y 1998 la primera, y 145.293,71 # por el IVA del ejercicio de 1999 la segunda Consta acreditado que...

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