SAN, 14 de Octubre de 2004

EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 5ª
ECLIES:AN:2004:6336

SENTENCIA EN APELACION

Madrid, a catorce de octubre de dos mil cuatro.

VISTO por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional

el recurso de apelación número 179/04, interpuesto por D. Inocencio,

representado por el Procurador D.ª María África Martín Rico, contra la sentencia de fecha 29 de enero de 2004 dictada por el Juez Central de lo Contencioso-Administrativo número 9 en el procedimiento abreviado número 69/03, siendo parte apelada la Administración demandada,

representada por el Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada y

Primero

Interpuesto el recurso contencioso-administrativo contra la resolución del Ministro de Defensa, de 4 de noviembre de 2002, que acuerda declarar la inutilidad permanente para el servicio, ajena a acto de servicio, por insuficiencia de las condiciones psicofísicas del recurrente, fue turnado al Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo número 9 que lo admitió a trámite.

El procedimiento terminó por sentencia de 29 de enero de 2004 cuya parte dispositiva es del siguiente tenor : "Fallo: Desestimar el recurso que ha interpuesto por D. Inocencio contra la resolución dictada por el Ministro de Defensa el 4 de noviembre del 2002 , por la que se declara la inutilidad permanente para el servicio, ajena a acto de servicio, declarando la conformidad a Derecho de dicho acto administrativo, junto con su confirmación.".

Notificada dicha sentencia a las partes, por el demandante se interpuso recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos, y al que se opuso la otra parte, elevándose las actuaciones a esta Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

Segundo

Recibidas las actuaciones y turnadas a esta Sección, se señaló para votación y fallo del recurso de apelación el día 7 de octubre del 2004, en que así tuvo lugar.

VISTOS los artículos legales citados por las partes y demás de general y pertinente aplicación, y siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. ANGEL NOVOA FERNÁNDEZ, Magistrado de la Sección.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los fundamentos de derecho de la sentencia apelada y

PRIMERO

La sentencia apelada declaró la conformidad a Derecho de la resolución dictada por el Ministro de Defensa de 4 de noviembre de 2002, que acuerda declarar la inutilidad permanente para el servicio, ajena a acto de servicio, por insuficiencia de las condiciones psicofísicas del recurrente.

En el supuesto de autos recoge el Juez Central en la sentencia apelada que el Tribunal Médico Central del Ejército del Aire, en fecha 18 de julio del 2001, y exclusivamente en lo que aquí ha de interesar, indica que el trastorno que sufre el actor, trastorno de personalidad, es de tipo sensitivo, auto referencial y ansioso, no guarda relación con el servicio, con un grado de discapacidad por este cuadro del 20%. Es de etilolgía disposicional y, proponer la inutilidad para el servicio, aunque no para toda profesión u oficio. Conviene puntualizar en lo que aquí interesa que el actor es Guardia Civil y estuvo destinado en el País Vasco en unas circunstancias difíciles y traumáticas derivadas del terrorismo , que detalla con precisión, en su demanda y recurso de apelación, y que, a juicio de la su defensa , ha significado que sea ello la causa directa del trastorno que padece.

Habiéndose practicado prueba pericial en el proceso, el Juez a quo valora su resultado, y, mediante un razonamiento detallado, llega a la conclusión de que no desvirtúa lo expuesto por los órganos técnicos de la Administración....

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR