SAN, 17 de Abril de 2006

PonenteJOSE LUIS SANCHEZ DIAZ
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 8ª
ECLIES:AN:2006:1956
Número de Recurso511/2004

ELISA VEIGA NICOLEJOSE ALBERTO FERNANDEZ RODERAMARIA ISABEL PERELLO DOMENECHJOSE LUIS SANCHEZ DIAZ

SENTENCIA

Madrid, a diecisiete de abril de dos mil seis.

Vistos los autos del recurso contencioso-administrativo nº 511/04 que ante esta Sala de lo

Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, ha promovido el Procurador Don Nicolás

Muñoz Rivas en nombre y representación de la Mercantil DRAGADOS, S.A. (anteriormente ACS,

Proyectos, Obras y Construcciones, S.A.) frente a la Administración General del Estado (Ministerio de Fomento) representada por el Abogado del Estado, contra la inactividad de la Administración

demandada en relación al escrito de 22 de marzo de 2004 , y siendo Magistrado Ponente el Ilmo.

Sr. D. JOSE LUIS SANCHEZ DIAZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el recurrente expresado se interpuso recurso contencioso-administrativo, mediante escrito presentado en fecha 21 de septiembre 2004, contra la resolución antes mencionada, acordándose su admisión por Providencia de fecha 3 de noviembre 2004, y con reclamación del expediente administrativo.

SEGUNDO

En el momento procesal oportuno, la parte recurrente formalizó demanda, mediante escrito presentado el día 4 de febrero de 2005 en el cual, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos, terminó suplicando que tras los trámites pertinentes se dictase sentencia por la que se condenase a la Administración demandada a realizar a favor de DRAGADOS, S.A. la prestación a la que viene obligada, y en consecuencia, al pago de la cantidad de 149.585,04 euros, en concepto de principal más los intereses legales generados por dicha cantidad desde la reclamación extrajudicial, imponiendo las costas a la Administración demandada. En otro primer otrosí, solicita la reintegración de la Tasa Judicial en su día abonada por su representada, por importe de 957,92 euros. En segundo otrosí, solicita que para el caso de que la Administración muestre su disconformidad con el relato fáctico que se ha realizado, interesa recibimiento a prueba del presente recurso que verse sobre la falta de pago de las obras ejecutadas por su mandante. En tercer otrosí, interesa se acuerde celebración de Vista.

TERCERO

Por el Sr. Abogado del Estado contestó a la demanda mediante escrito presentado el 27 de mayo de 2005 en el cual, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó aplicables, terminó suplicando tener por contestada la demanda, con devolución de los autos, dictando, previos los trámites legales, sentencia por la que se inadmita o desestime el presente recurso.

CUARTO

Recibido el pleito a...

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