SAN, 2 de Marzo de 2001

EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 6ª
ECLIES:AN:2001:1396

SENTENCIA

Madrid, a dos de marzo de dos mil uno.

Visto el recurso contencioso administrativo que ante esta Sección Sexta de la Sala de lo

Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional y bajo el número 06/1791/1998, se tramita a

instancia de DARDO S.R. ASOCIADOS, S.A. representada por el Procurador D. Federico Ruiperez

Palomino, con asistencia Letrada, contra resolución del Ministerio de Economía y Hacienda de

fecha 7 de Septiembre de 1.998, sobre Indemnización de daños y perjuicios, y en el que la

Administración demandada ha estado representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado,

siendo la cuantía del mismo de 10.600.000 de pesetas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se interpone recurso contencioso administrativo por

DARDO S.R. ASOCIADOS, S.A. frente a la Administración del Estado, dirigida y representada por el Sr. Abogado del Estado, sobre Resolución del Ministerio de Economía y Hacienda de fecha 7 de Septiembre de 1.998, solicitando a la Sala la estimación del recurso.

SEGUNDO

Reclamado y recibido el expediente administrativo, se confirió traslado del mismo a la parte recurrente, para que en plazo legal formulase escrito de demanda, haciéndolo en tiempo y forma, alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos, y suplicando lo que en el escrito de demanda consta literalmente.

Dentro del plazo legal la Administración demandada formuló, a su vez, escrito de contestación a la demanda, oponiéndose a la pretensión de la actora y alegando lo que a tal fin estimó oportuno.

TERCERO

No habiéndose solicitado recibimiento a prueba y evacuado el trámite de conclusiones, quedaron los autos conclusos y pendientes de votación y fallo, para lo que se acordó señalar el día 28 de Febrero de 2001.

CUARTO

En la tramitación de la presente causa se han observado las prescripciones legales previstas en la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y en las demás Disposiciones concordantes y supletorias de la misma.

Vistos, siendo Ponente el Iltmo. Sr. Presidente D. Fernando Delgado Rodríguez

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se recurre la Orden Ministerial del Ministerio de Economía y Hacienda de fecha 7 de Septiembre de 1.998, en que se desestimó las reclamación de indemnización de daños y perjuicios por responsabilidad patrimonial de la Administración, por importe de 10.600.000 ptas.

SEGUNDO

El día 30 de Julio de 1996, DARDO, S.R. ASOCIADOS, S.A., formuló solicitud de indemnización por importe de 10.600.000 pesetas en concepto de la mitad del total de su lucro cesante: 21.045.531 pesetas, importe de la remuneración que habrían recibido de realizar la propuesta de campaña publicitaria en el marco del concurso público "Estrategia de la Comunicación de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria para 1996", con fundamento en que la adjudicataria "CONTRAPUNTO S.A.", utilizó a propuesta de la AEAT y sin la autorización de la recurrente una parte importante de los elementos de la campaña presentada en el mencionando concurso público abierto el 11 de noviembre de 1.995, "impidiéndole con ello utilizar dicha idea ó proyecto original de naturaleza publicitaria en campañas posteriores".

El 11 de septiembre de 1.996, emitió su informe la Subdirección General de Régimen Interior, admitiendo que podrían haberse lesionado los intereses de la actora al haber sido sugeridas por la AEAT y finalmente contratadas las misma personas que aquélla propuso y basarse la campaña en un diálogo entre ellos y que procedería una indemnización por importe de 3.500.000 pesetas, por concepto de la finalización convencional del expediente de reclamación patrimonial de acuerdo con lo establecido en el artículo 142 de la Ley 30/1992, que fue formalizada en propuesta de 7 de noviembre de 1.996.

La cuantía de la indemnización (3.500.000) fue fijada teniendo en cuenta las...

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