SAN, 17 de Enero de 2006

PonenteMARIA DEL CARMEN RAMOS VALVERDE
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 5ª
ECLIES:AN:2006:4719
Número de Recurso578/2004

ANGEL NOVOA FERNANDEZ FERNANDO DE MATEO MENENDEZ MARIA DEL CARMEN RAMOS VALVERDE FERNANDO FRANCISCO BENITO MORENO

SENTENCIA

Madrid, a diecisiete de enero de dos mil seis.

Visto por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional el

recurso contencioso-administrativo nº 578/2004 promovido por D. Juan Antonio, representado por el Procurador de los Tribunales D. Luciano Rosch Nadal, contra la

resolución del Ministro del Interior de 27 de julio de 2004. Habiendo sido parte en autos la

Administración General del Estado, representada por el Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 5 de 26 de diciembre de 2002, se declaró el derecho del hoy recurrente a ser acordada su inutilidad permanente para el servicio, por insuficiencia de condiciones psicofísicas. Concurriendo relación de causa-efecto con acto de servicio.

Por esta misma Sección y por Sentencia de 24 de julio de 2003, se confirmó la anterior.

Por auto de 9 de enero de 2004 del Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo número 5 se rectificó el error material sufrido en el antecedente de hecho primero de la sentencia de 26 de diciembre de 2002.

El 17 de junio de 2004 se presenta solicitud de indemnización por el Sr. Juan Antonio, al amparo de la Ley 32/1999 de 8 de octubre, de solidadaridad con los Victimas del Terrorismo, por haber sufrido un atentado terrorista fallido el 14 de junio de 1983 en el trayecto Zumárraga-Irún.

Por resolución de la Subsecretaría del Interior de 27 de julio de 2004 se acordó la inadmisión a trámite de la misma al haber prescrito la acción.

Ante ello acude a la vía jurisdiccional.

Segundo

Interpuesto recurso contencioso-administrativo ante esta Sala de lo Contencioso- Administrativo de la Audiencia Nacional, fue admitido a trámite reclamándose el expediente administrativo, para, una vez recibido emplazar a la actora para que formalizara la demanda, lo que así se hizo en escrito en el que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho qué consideró oportunos, terminó suplicando que en su día se dicte Sentencia por la que se anule la resolución recurrida y se reconozca el derecho a percibir la indemnización por incapacidad permanente total por acto terrorista por importe de 48.080,97 euros.

Tercero

El Abogado del Estado, en su escrito de contestación a la demanda, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho qué consideró aplicables, postuló una sentencia por la que se desestime el recurso interpuesto en todos sus extremos.

Cuarto

No habiéndose recibido el recurso a prueba y tras el trámite de conclusiones, se señaló para votación y fallo el día 10 de enero de 2006.

Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrada de esta Sección Dª MARIA DEL CARMEN RAMOS VALVERDE.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El objeto de este recurso es la resolución del Ministerio del Interior de 27 de julio de 2004 por la que se acuerda: "la inadmisión a trámite de la solicitud...

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