SAN, 26 de Septiembre de 2006

PonenteMARIA DEL CARMEN RAMOS VALVERDE
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 5ª
ECLIES:AN:2006:3697
Número de Recurso488/2005

ANGEL NOVOA FERNANDEZFERNANDO DE MATEO MENENDEZMARIA DEL CARMEN RAMOS VALVERDEGUILLERMO ESCOBAR ROCAFERNANDO FRANCISCO BENITO MORENO

SENTENCIA

Madrid, a veintiseis de septiembre de dos mil seis.

VISTO por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional

el recurso num. 488/2005 interpuesto por la Procuradora Dª Ana de la Corte Macias en nombre y

representación de D. Carlos Francisco ,contra la resolución de 21 de febrero

de 2005 de la Subsecretaria del Interior, dictada por delegación por la que se desestima el recurso

del actor de indemnización como víctima de terrorismo. Siendo parte demandada la Administración

del Estado, representada por el Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Admitido el recurso y previos los oportunos trámites procedimentales, se confirió traslado a la parte actora para que, en el término de veinte días formalizara la demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito presentado el día 16 de septiembre de 2005 en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos, terminó solicitando que se dictara sentencia estimatoria del recurso anulando el acto impugnado en el presente recurso.

Segundo

Formalizada la demanda se dio traslado de la misma a la parte demandada para que la contestara en el plazo de veinte días, lo que realizó mediante escrito presentado el 3 de octubre de 2005, alegando los hechos y fundamentos jurídicos que estimó pertinentes, solicitando la desestimación del recurso, y que se declarara la plena adecuación a derecho del acto administrativo impugnado.

Tercero

Por auto de 20 de octubre de 2005 se acordó el recibimiento a prueba del recurso, practicándose con el resultado que obra unido a autos.

Cuarto

Tras el trámite de conclusiones se señalo para votación y fallo el día 19 de septiembre del presente año, en que así tuvo lugar.

Siendo Ponente la Ilma. Sra. Doña María del Carmen Ramos Valverde, Magistrada de la Sección.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto del recurso Contencioso-Administrativa la resolución de 21 de febrero de 2005 dictada por la Subsecretaria del Interior, por delegación, por la que se desestimo la solicitud presentada por D. Carlos Francisco, al no quedar acreditado el nexo causal entre las lesiones alegadas y el hecho de naturaleza terrorista cometido el 11 marzo de 2004.

El recurrente, de nacionalidad colombiana nacido el 29 de septiembre de 1959, y de profesión cuidador de personas mayores, basa su petición de indemnización como víctima de terrorismo por los atentados acontecidos en Madrid el 11 de marzo de 2004, en que fue testigo de las explosiones acontecidas en la calle Tellez (estación de Atocha), ya que viajaba en un tren procedente de Entrevías, en dirección a Atocha y cuando descendió del vagón pudo ver cuerpos sobre las vías lo que le provoco ansiedad, taquicardias y migrañas con aura. Ello requirió una primera asistencia, seis días después del atentado (17/03/04), con seguimiento posterior, por Psiquiatría, Neurología y Cardiología.

SEGUNDO

Con carácter general, conviene tener presente que las indemnizaciones previstas en la Ley 32/1999, de 8 de octubre , de solidaridad con las víctimas del terrorismo, pretenden "hacer efectivo -por razones de solidaridad- el derecho de los damnificados a ser resarcidos o indemnizados en concepto de responsabilidad civil, subrogándose el Estado frente a los obligados al pago de aquellas",...

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